¿Qué se puede decir de las sociedades de responsabilidad limitada?

Las sociedades de responsabilidad limitada (S.L.) son una forma jurídica en la que el capital social se divide en partes iguales llamadas participaciones.

Estas participaciones representan la aportación de cada socio y no pueden transmitirse libremente sin consentimiento del resto.

La principal característica es que la responsabilidad de los socios es limitada al capital aportado, protegiendo su patrimonio personal.

Para constituir una S.L. se requiere un capital mínimo de 3.000 euros, totalmente desembolsado desde el inicio.

Este tipo de sociedad es común entre pequeñas y medianas empresas por su flexibilidad y seguridad jurídica.

Las decisiones se toman en junta general y la gestión recae en uno o varios administradores.

No debe confundirse con sociedades anónimas, donde el capital se divide en acciones.

Regla práctica: En la S.L., el capital se divide en participaciones y la responsabilidad es limitada.

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