Salvo que se trate del Estado, las Comunidades Autónomas o las Entidades locales, ¿qué parte del capital de una sociedad laboral puede poseer como máximo cada socio?
En una sociedad laboral, ningún socio puede poseer más de una tercera parte del capital social, salvo que se trate del Estado, una Comunidad Autónoma o una Entidad local.
Esta limitación busca garantizar la participación equilibrada y el carácter democrático de la empresa, evitando concentraciones de poder.
El objetivo es que la mayoría del capital permanezca en manos de los trabajadores socios, preservando el espíritu cooperativo y participativo.
Si un socio supera ese límite, la sociedad puede perder su calificación de laboral.
Por tanto, cada socio solo puede tener como máximo la tercera parte del capital social.
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