Según la normativa vigente en materia de carreteras, una carretera convencional es toda vía proyectada y construida para la circulación de vehículos:

Una carretera convencional es toda vía destinada a la circulación de vehículos que no cumple las características de autopista, autovía o vía rápida.

Estas vías suelen tener un solo carril por sentido y permiten cruces al mismo nivel.

No disponen de control total de accesos, lo que las diferencia de las autopistas y autovías.

En ellas pueden coexistir distintos tipos de vehículos, incluidos los agrícolas o ciclomotores.

Por ello, requieren una conducción más atenta y adaptada al entorno.

La velocidad máxima y las condiciones de adelantamiento están más limitadas.

Son las carreteras más comunes fuera de los núcleos urbanos en España.

En resumen, son vías ordinarias de comunicación interurbana con tráfico mixto y menor seguridad estructural.

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