Según la normativa vigente en materia de carreteras, una carretera convencional es toda vía proyectada y construida para la circulación de vehículos:
Una carretera convencional es toda vía destinada a la circulación de vehículos que no cumple las características de autopista, autovía o vía rápida.
Estas vías suelen tener un solo carril por sentido y permiten cruces al mismo nivel.
No disponen de control total de accesos, lo que las diferencia de las autopistas y autovías.
En ellas pueden coexistir distintos tipos de vehículos, incluidos los agrícolas o ciclomotores.
Por ello, requieren una conducción más atenta y adaptada al entorno.
La velocidad máxima y las condiciones de adelantamiento están más limitadas.
Son las carreteras más comunes fuera de los núcleos urbanos en España.
En resumen, son vías ordinarias de comunicación interurbana con tráfico mixto y menor seguridad estructural.
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