Si los estatutos no establecen otro sistema de comunicación, el anuncio de convocatoria de junta general de una sociedad anónima se publicará en uno de los diarios de mayor circulación en la provincia:
En una sociedad anónima, la convocatoria de la junta general debe comunicarse públicamente para garantizar la transparencia y el derecho de información de los accionistas.
Si la sociedad no dispone de página web corporativa, el anuncio deberá publicarse obligatoriamente en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia donde esté el domicilio social.
De este modo se asegura que todos los socios puedan conocer la convocatoria en tiempo y forma legal.
Por tanto, la respuesta correcta es: “Con carácter obligatorio cuando la sociedad no tenga página web”.
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