Todos los vehículos con más de nueve plazas, incluido el conductor, que realizan transporte de viajeros:

Los vehículos de transporte de viajeros con más de nueve plazas están obligados a llevar tacógrafo instalado como norma general, ya que la exigencia depende de la capacidad del vehículo y no del tipo de servicio.

No obstante, la propia normativa de transportes contempla excepciones concretas en las que, aun llevando el aparato instalado, el uso del tacógrafo no resulta obligatorio en determinados servicios o recorridos.

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En lo que se refiere al Reglamento (CE) 561/2006, ¿qué vehículo está exento de usar el tacógrafo? -Un autocar de una autoescuela dedicado a la formación de alumnos para obtener el permiso de conducción. (media)

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