Conduce un autobús y pretende adelantar, fuera de poblado, a una motocicleta, ¿qué distancia lateral debe mantener, como mínimo, para realizar la maniobra con seguridad?
En vías interurbanas, al adelantar a una motocicleta con un autobús, es obligatorio mantener una distancia lateral mínima de 1,5 metros.
Esta norma busca garantizar la seguridad del motorista, ya que su estabilidad puede verse afectada por el viento lateral y el efecto de succión generado por el vehículo de gran tamaño.
La respuesta incorrecta que menciona "la suficiente para que el rebufo no desequilibre al motorista" es ambigua y no especifica una distancia concreta, lo que podría llevar a interpretaciones erróneas.
La otra opción incorrecta, que menciona una distancia proporcional a la velocidad y a la anchura de la calzada, tampoco es válida, ya que la normativa establece una distancia fija mínima de 1,5 metros, independientemente de otros factores.
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