En el transporte escolar y de menores, cuando sea su presencia obligatoria, ¿qué deberá conocer el acompañante?
A la hora de realizar un transporte escolar o de menores de edad, el conductor o persona encargada del grupo, estarán obligados a informar de la obligatoriedad de ponerse el cinturón y demás medias de seguridad a los menores.
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Si un transporte turístico coincide con un servicio regular de uso general, ¿cambiará el precio del mismo?
-Sí, deberá ser superior en un 30%. (fácil)
En un transporte escolar y de menores, como regla general, ¿se puede usar autobuses de dos pisos?
-No. (media)
Según la normativa sobre condiciones de seguridad en el trasporte escolar y de menores, en caso de ser obligatoria la presencia de un acompañante, ¿Cuál será la plaza que deberá ocupar?
-Cerca de la puerta de servicio central o trasera. (media)
En un autobús, teniendo en cuenta la normativa sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores, ¿en qué caso será obligatoria la figura del acompañante?
-Cuando al menos el 50% de los viajeros sean menores de 12 años. (media)
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