En los transportes públicos regulares de uso especial para escolares por carretera, ¿Cuándo será obligatoria la presencia de un acompañante en el vehículo?
Existen 4 casos en las que será obligatorio llevar acompañante: 1) Siempre que al menos el 50% tengan menos de 12 años. 2) Transporte regular de uso especial cuando sea un transporte de un centro de educación especial. 3) Siempre en transporte discrecional 4) Transporte privado (centro de educación especial u origen o destino distintos al centro).
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