En una autopista fuera de poblado, en condiciones normales, ¿a qué velocidad mínima deberá circular un autobús dotado con cinturones de seguridad y que no se dedique al transporte de menores?
En autopistas y autovías, en general, la velocidad mínima para todos lo vehículos es de 60 km/h. Por ello, ningún autobús puede circular por debajo de esa velocidad mínima.
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Si usted conduce un autobús en el que viajan pasajeros de pie, debe saber que la velocidad máxima que se le permite alcanzar en las vías convencionales:
-80 km/hora. (media)
Si usted circula con un autobús por una carretera convencional, como la de la imagen, ¿qué velocidad máxima no deberá rebasar?
-90 km/hora. (media)
Si por causas justificadas, no puede alcanzar con su autobús la velocidad mínima exigida y existe peligro de alcance con los vehículos que circulan por detrás, ¿qué debe hacer?
-Utilizar las luces indicadoras de dirección con señal de emergencia. (media)
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