¿Qué autobuses deberán tener instalado un dispositivo de limitación de velocidad regulado de tal manera que no puedan superar los 100 kilómetros por hora?

Los autobuses de categoría M2 y M3 son aquellos diseñados para el transporte de pasajeros, diferenciándose por su peso y capacidad.

La normativa exige que los autobuses usados en servicio público en áreas interurbanas tengan instalado un dispositivo de limitación de velocidad regulado a 100 km/h.

Esto se debe a que circulan por carreteras y autopistas, donde las velocidades son más altas y es necesario evitar riesgos.

La opción "Los de categoría M2 y M3 en áreas urbanas" es incorrecta, porque en entornos urbanos la velocidad es menor y no se requiere este dispositivo.

La opción "Los de categoría M1 en áreas urbanas" también es errónea, ya que los vehículos de categoría M1 son automóviles, no autobuses.

El objetivo del limitador es reducir el riesgo de accidentes y mejorar la seguridad vial en el transporte interurbano.

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