Si un autobús escolar transporta personas con movilidad reducida, como norma general, ¿debe contar con plazas reservadas para estos viajeros?
Las empresas que realicen transporte escolar con movilidad reducida deberán contar con una autorización y reservar plazas para personas de movilidad reducida cercanas a las puertas de servicio, entre otras medidas.
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Según la normativa sobre condiciones de seguridad en el trasporte escolar y de menores, en caso de ser obligatoria la presencia de un acompañante, ¿Cuál será la plaza que deberá ocupar?
-Cerca de la puerta de servicio central o trasera. (media)
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