Si usted conduce un autobús en el que viajan pasajeros de pie, debe saber que la velocidad máxima que se le permite alcanzar en las vías convencionales:

Como norma general, en las carreteras convencionales, la velocidad máxima permitida para un autobús es de 90 km/hora.Si se trata de un autobús en el que viajen pasajeros de pie esta velocidad máxima se reduce a 80 km/hora.

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