Nuevas velocidades máximas en vías urbanas y travesías

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Actualizado el 03-02-2022

Muchas son las nuevas normas que la DGT ha activado en 2024 para mejorar la seguridad en carretera. Una de ellas es el cambio en los límites de velocidad en vías urbanas, residenciales y travesías. Si quieres conocer los cambios sigue leyendo.

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Nuevos límites de velocidad de la DGT en ciudad y travesía


Si eres conductor te recomendamos que tengas particular cuidado con la velocidad, ya que a partir del 11 de mayo se establecen nuevos límites de la velocidad máxima en vías urbanas y travesías. 

La modificación del límite de velocidad, que se estaba analizando desde hace tiempo y se aprobó el año pasado, es uno de los cambios dentro del paquete de medidas aprobado en 2020 en materia de seguridad vial.

Sin embargo, a continuación hacemos un breve resumen para que tengas claro el límite de velocidad en vías urbanas y travesías.


¿Qué nueva normativa ha aprobado la DGT?

Las medidas aprobadas por la DGT en el Reglamento General de Circulación mediante el Real Decreto 970/2020 especifican de forma literal los siguientes límites:


  • 20 km/hora en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera.
  • 30 km/hora en vías de un único carril por sentido de circulación.
  • 50 km/hora en vías de dos o más carriles por sentido de circulación.


Estos nuevos límites de velocidad quedan igualmente a discreción de los Ayuntamientos, que pueden disminuirlos siempre y cuando quede correctamente señalizado.

También tienen la posibilidad de aumentar la velocidad máxima, siempre y cuando se trate de una vía con un único carril por sentido, siendo la máxima velocidad autorizada 50 km/hora.


Velocidad en travesías y autopistas urbanas

Las velocidades máximas se mantienen en las travesías, siendo el máximo de 50 km/hora. Al igual que en las vías urbanas, los Ayuntamientos podrán rebajar el máximo.

Tanto en travesías como en carreteras urbanas de dos carriles, el límite para quienes conducen con mercancía peligrosa es de 40 km/hora. 

La máxima velocidad en autovías y autopistas urbanas queda fijada en 80 km/hora y solo podrá ser ampliado por las entidades municipales hasta un máximo de 120 km/hora en el caso de las que se encuentren fuera de poblado. Cabe resaltar que las vías urbanas son aquellas que discurren dentro de un poblado.


Multas por superar los nuevos límites en ciudad

Estas nuevas medidas también conllevan multas que variarán dependiendo de la gravedad de la falta cometida. Las sanciones económicas se pueden reducir a la mitad si se realiza el pronto pago. A continuación detallaremos las multas en cada límite de velocidad.


Velocidad máxima de 20km/hora

De los 21 a los 70 km/hora se estipula que la falta es grave. Las multas serán de:

  • 100 euros: De 21 a 40 km/hora.
  • 400 euros: De 41 a 50 km/hora.
  • 500 euros: De 61 a 70 km/hora.
  • A partir de los 71 km/hora la falta pasa a ser muy grave y la multa se eleva a 600€ .


Velocidad máxima de 30 km/hora

El rebasar la velocidad máxima en vías urbanas se sancionará con las siguientes multas:

  • 100 euros: De 31 a 40 km/hora.
  • 300 euros: De 41 a 50 km/hora.
  • 400 euros: De 51 a 60 km/hora.
  • 500 euros: De 61 a 70 km/hora.
  • 600 euros: De 71 km/hora a 80 km/hora, además de ser considerada una falta grave.
  • Superar los 81 km/hora será penalizado con multas de 600€ y califica como una falta muy grave.


¿Cuántos puntos puedo perder con estas nuevas normas?

Así como se aplican multas económicas, el no respetar los nuevos límites de velocidad en vías urbanas, travesías y autopistas irá acompañado de la pérdida de puntos en el carnet.


Velocidad máxima de 20 km/hora

El superar los 21 km/hora hasta los 40 km/hora no supondrá la pérdida de puntos. Sin embargo:


  • De los 41 a los 50 km/hora: Se perderán 2 puntos.
  • De los 51 a los 60 km/hora: Se perderán 4 puntos.
  • De 61 a los 70 km/hora: Se perderán 6 puntos.
  • A partir de esta velocidad la falta será muy grave y se perderán 6 puntos.


Velocidad máxima de 30 km/hora

Si se rebasan los 31 km/hora y hasta los 50 km/hora tampoco se perderán puntos en el carnet.


  • A partir de los 51 km/hora y hasta los 60 km/hora: Se perderán 2 puntos.
  • De los 61 a los 70 km/hora: 4 puntos.
  • De 71 a los 80 km/hora: 6 puntos.
  • Desde los 81 kilómetros por hora la falta queda catalogada como muy grave y se perderán 6 puntos.


La DGT dio un plazo de seis meses desde el establecimiento del Real Decreto para dar tiempo a los Ayuntamientos a adaptarse a estas nuevas medidas.

El principal motivo para esta modificación es mantener la normativa española en consonancia con las metas establecidas en la Declaración de Estocolmo 2020.

Además, la Unión Europea ha reconocido que la implementación de estas nuevas medidas es un paso más en el esfuerzo por disminuir el número de accidentes así como su impacto en las víctimas.

Para que todos estos cambios de gran importancia para la circulación queden claros, la DGT y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) han confeccionado el Manual de aplicación de los nuevos límites de velocidad en vías urbanas.


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