Los vehículos que transiten por un carril habilitado en sentido contrario al habitual deberán mantener, de manera obligatoria, la luz de corto alcance o de cruce encendida, tanto durante el día como en la noche.
La velocidad máxima permitida en estos carriles es de 80 kilómetros por hora.
Además, queda prohibido desplazarse lateralmente hacia los carriles del sentido normal de circulación, incluso para adelantar a otros vehículos.
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