Los vehículos que circulen por el arcén tienen prohibido circular en posición paralela, excepto...

1. Los vehículos que circulen por el arcén tienen prohibido circular en posición paralela, excepto...

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En general, los vehículos que circulan por el arcén tienen prohibido desplazarse en posición paralela, con la excepción específica de las bicicletas.

Esta normativa permite a los ciclistas circular en columna de dos, siempre y cuando se mantengan arrimados al extremo derecho de la vía, facilitando así el tránsito y la visibilidad.

Sin embargo, esta permisividad para las bicicletas tiene sus limitaciones: en tramos donde la visibilidad es reducida o en situaciones donde se formen aglomeraciones, los ciclistas deben colocarse en hilera, es decir, uno detrás del otro, para minimizar los riesgos de accidentes y no obstruir el paso.

Esto tiene como objetivo principal la seguridad tanto de los ciclistas como de los demás usuarios de la carretera, y reconoce la particularidad de las bicicletas como vehículos más ligeros y maniobrables, que pueden requerir menos espacio en la carretera en comparación con otros vehículos más grandes.

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