Si su vehículo destinado a obras y servicios matriculado el 14 de Octubre de 2002 y con una antigüedad de 5 años, paso la última ITV con fecha 14 de Octubre de 2006, ¿Cuándo deberá pasar de nuevo la ITV?

Explicación

Los vehículos de obras, englobados en la categoría de vehículos especiales, deberán pasar su primera revisión ITV a los 4 años tras su fecha de matriculación en este caso en el 2006 como ya se hizo. De los 4 a los 10 años tras su primera matriculación deberán pasar la revisión cada 2 aós, y cuando supere los 10 años de antigüedad deberá hacerlo cada año.

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