32. Factores que disminuyen las aptitudes del conductor
Índice de contenido
- 1. El conductor
- 2. Factores que influyen en las aptitudes psicofísicas del conductor

1. El conductor
Todos los vehículos que circulen por las vías públicas deben ser conducidos por un conductor con las aptitudes necesarias para circular con seguridad.
Es necesario que el conductor esté bien informado sobre las leyes y normas que rigen la circulación al recibir y procesar la información que recibe del entorno al conducir.
Es por ello que el conductor debe reunir unos requisitos físicos y psicológicos y demostrar en el momento del examen unos conocimientos teóricos y prácticos para superarlo.
Las aptitudes psicofísicas mínimas necesarias no serán las mismas si se opta a obtener el permiso A o B como si se opta al permiso C o D por ejemplo.
Por ello existen los permisos y licencias de conducción ordinarios y extraordinarios. Los ordinarios corresponden a quienes no necesitan adaptaciones ni restricciones especiales por enfermedad o deficiencia; la obligación de usar lentes correctoras o audífonos no los convierte por sí sola en extraordinarios.
Los extraordinarios permiten conducir a quienes reúnen las aptitudes psicofísicas exigidas con las adaptaciones, restricciones u otras limitaciones que correspondan, conforme al anexo IV del Reglamento General de Conductores.
Para reconocer estas aptitudes se deberá superar la prueba correspondiente en un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado. Las condiciones y restricciones que figuren en el permiso deben respetarse durante la conducción.
2. Factores que influyen en las aptitudes psicofísicas del conductor
2.1 La fatiga

La fatiga supone un descenso de la capacidad de rendimiento del conductor lo que significa conducir por debajo de los niveles normales de seguridad.
Existe la fatiga corporal y la fatiga psíquica y ambas son uno de los principales factores de riesgo en la conducción.
Propician la fatiga las carreteras monótonas y en mal estado, o las retenciones de tráfico. También existen factores relacionados con el vehículo o el conductor que la pueden propiciar como el exceso de calefacción o las malas posturas al volante.
La fatiga produce entre otros agarrotamiento muscular, agotamiento físico y aumento del tiempo de reacción así como sus síntomas pueden ser presión en la cabeza, sensación de brazos dormidos o disminución injustificada de la velocidad.
Para combatir la fatiga debemos descansar correctamente antes de iniciar el viaje. Si aparece durante la conducción debemos estacionar el vehículo en un lugar seguro y descansar. Dar un pequeño paseo para tomar aire y estirar las piernas puede ayudar, pero no sustituye al descanso ni al sueño cuando sean necesarios.
No se debe en ningún caso ingerir bebidas alcohólicas para estimular al conductor.
2.2 El estrés
El estrés, además de que puede ocasionar importantes problemas de salud si se padece durante mucho tiempo, puede alterar gravemente las capacidades para conducir con seguridad, provocando los siguientes efectos sobre el conductor: aumenta la agresividad, hostilidad y competitividad hacia los demás.
El comportamiento puede volverse más imprudente y se aceptan mayores niveles de riesgo, por lo que la conducción se vuelve más temeraria.
Aumenta la tendencia a no respetar las señales y las normas de circulación. La toma de decisiones suele ser más lenta y se cometen más errores.
Resulta especialmente difícil mantener la concentración, por lo que aumenta la probabilidad de sufrir una distracción. La fatiga puede aparecer con mayor facilidad.
2.3 La depresión
La depresión es una enfermedad muy frecuente en nuestra sociedad, que puede afectar a la conducción segura. Entre sus posibles efectos se encuentra el aumento de las distracciones.
El conductor puede centrar su atención en sus pensamientos y desatender el entorno del tráfico. Puede perder información del entorno y buscar de forma menos activa la información importante, por lo que puede tardar en detectar sucesos relevantes.
Puede sentirse más inseguridad. La toma de decisiones puede ser más incierta, por lo que el conductor podría cometer errores o comportarse de forma inesperada para los demás.
Estos efectos no aparecen de la misma manera en todas las personas. La aptitud para conducir debe valorarse según los síntomas, su evolución y el tratamiento. Si afectan a la atención o a la capacidad de reacción, se debe evitar conducir y consultar al profesional sanitario. No se debe suspender ni modificar la medicación por cuenta propia.
2.4 Disminución de la vigilancia o atención
Es necesario que el conductor perciba todos los estímulos que se le presentan durante la conducción a través de los diferentes sentidos.
Las causas que pueden disminuir la vigilancia o atención son la fatiga o cansancio, la somnolencia provocada por comidas copiosas, exceso de calor o algunos medicamentos entre otros motivos, y la monotonía de la carretera.
Para evitar esta disminución, se recomienda descansar al menos cada 2 horas o cada 200 km, lo que ocurra antes, y hacerlo con mayor frecuencia si aparecen síntomas de fatiga o las condiciones son desfavorables. Las pausas deben permitir descansar de verdad; como orientación, se aconsejan unos 20 a 30 minutos. También debemos mantener el habitáculo ventilado y evitar las comidas copiosas y las bebidas alcohólicas.
2.5 El sueño o somnolencia

Entre los efectos negativos que produce el sueño en la conducción están los siguientes:
- Disminución de la capacidad de reacción y incremento del tiempo de reacción.
- Alteración de las respuestas motrices.
- Aumento de las distracciones y disminución de la capacidad de concentración.
- Afectación de los órganos de los sentidos y disminución de la capacidad de reacción de los mismos.
- Dificultad en la rectificación de la trayectoria del vehículo y en la apreciación de distancias.
Se debe procurar mantener una duración suficiente y unos horarios regulares de descanso, realizar descansos frecuentes y evitar la conducción nocturna en trayectos largos para prevenir la somnolencia.
Qué hacer si aparece sueño
La somnolencia puede provocar microsueños: breves episodios de sueño durante los que se pierde el control de la conducción. Ante los primeros síntomas, hay que detenerse en un lugar seguro y dormir, sin reanudar la marcha hasta recuperar un estado adecuado para conducir.
Abrir las ventanillas, subir la música o tomar café no sustituye al sueño ni garantiza que podamos continuar con seguridad.
Si la somnolencia es frecuente o aparece pese a dormir lo suficiente, debe consultarse al profesional sanitario antes de seguir conduciendo.
2.6 El sentido de la vista
El campo visual es todo aquello que abarca la vista al mirar de frente a un punto fijo, incluida la visión periférica. No debe confundirse con el tamaño aparente de un objeto, que disminuye al alejarse. Al aumentar la velocidad puede reducirse el campo de visión que el conductor utiliza eficazmente, dificultando la percepción de lo que ocurre a los lados.
Para ver al frente cuando conducimos es necesario permanecer atento y disponer de una visión adecuada. Para observar los laterales y la parte posterior, el conductor deberá ayudarse de los espejos retrovisores exteriores e interior, sin olvidar los ángulos muertos que estos no permiten ver.
La conducción nocturna será más peligrosa que la diurna por lo que a la visión se refiere, ya que la percepción de los objetos es más difícil y la luz que proporcionan los faros es limitada.
Así pues la longitud y anchura de la zona iluminada con las luces siempre quedará reducida. Es por ello muy importante estar atento ya que algunas cosas pueden quedar fuera del alcance de la vista.
El conductor puede sufrir también deslumbramiento: de día por la luz del sol y de noche por las luces de otros vehículos.
Para evitar el deslumbramiento deberemos sustituir el alumbrado de carretera por el de cruce cuando preveamos que podemos deslumbrar a otros usuarios y tener las luces bien regladas.
En el caso de ser de día podemos protegernos del sol con parasoles y gafas de sol adecuadas cuando sean necesarias. No deben utilizarse gafas oscuras de noche ni en situaciones en las que reduzcan peligrosamente la visibilidad, como en túneles.
Si el permiso exige usar gafas o lentes de contacto, es obligatorio conducir con la corrección indicada.
2.7 El sentido del oído
El oído es un sentido muy importante para poder desarrollar una buena conducción.
Las personas con deficiencias en el oído podrán obtener un permiso de conducción si cumplen los requisitos del Reglamento General de Conductores. Según la pérdida auditiva, puede ser necesario un permiso extraordinario con adaptación de los espejos retrovisores.
Para el permiso B, determinadas pérdidas auditivas requieren retrovisores exteriores a ambos lados y un retrovisor interior panorámico. Si se exige audífono para alcanzar la capacidad auditiva necesaria, deberá utilizarse durante la conducción.
2.8 El tiempo de reacción
El tiempo de reacción es el tiempo que transcurre desde que el conductor percibe un estímulo hasta que responde al mismo.
Estos estímulos pueden proceder de la vía, de las señales de tráfico, de los demás vehículos, etc.
El tiempo de reacción es variable. En situaciones sencillas y con un conductor atento puede situarse aproximadamente entre medio segundo y un segundo, pero no es un valor fijo ni un máximo: puede ser mayor ante situaciones complejas o inesperadas.
Este tiempo puede incrementarse por factores como las drogas y algunos medicamentos, la fatiga, la somnolencia o el alcohol. También pueden influir los cambios asociados al envejecimiento, aunque la capacidad de cada persona depende de su estado de salud y de sus aptitudes.
También enfermedades como el catarro o el reuma pueden afectar a la conducción.
Durante el tiempo de reacción, el vehículo sigue avanzando. La distancia recorrida antes de empezar a frenar aumenta si aumenta la velocidad o si el conductor tarda más en reaccionar.
2.9 Las drogas, cafeína y medicamentos
Las drogas y sus efectos
Está prohibido conducir cualquier vehículo con presencia de drogas en el organismo. La prohibición también afecta a bicicletas y vehículos de movilidad personal.
Se exceptúan las sustancias utilizadas por prescripción facultativa y con finalidad terapéutica, siempre que el conductor esté en condiciones de conducir con diligencia, precaución y sin distracciones. Tener una receta no autoriza a conducir si el tratamiento altera las capacidades necesarias para hacerlo con seguridad.
Según sus efectos sobre el sistema nervioso, se suelen distinguir drogas depresoras, estimulantes y alucinógenas. Producen efectos diferentes, pero todas pueden alterar peligrosamente el comportamiento del conductor.
Las drogas pueden producir dependencia física o psicológica y síndrome de abstinencia. Si sus efectos o los de la abstinencia aparecen durante la conducción, las consecuencias pueden ser fatales.
El consumo de drogas aumenta el riesgo de accidente al alterar capacidades esenciales para conducir. La sensación de encontrarse bien no garantiza que se hayan recuperado esas capacidades ni que haya desaparecido la sustancia del organismo.
La cafeína
La cafeína es un estimulante psíquico que actúa sobre el sistema nervioso y puede afectar al ritmo y la frecuencia cardíaca. No elimina el alcohol del organismo ni compensa la falta de sueño; no debe utilizarse para prolongar la conducción cuando se necesita descansar.
Los medicamentos
Entre los medicamentos que pueden afectar a la conducción encontramos determinados analgésicos, barbitúricos, estimulantes y tranquilizantes, así como algunos antihistamínicos y otros tratamientos. El riesgo depende del medicamento concreto, la dosis, las combinaciones y la respuesta de cada persona.
Estos medicamentos pueden producir efectos como falta de concentración, mareos, visión borrosa, fatiga o sueño. Mezclados con alcohol, sus efectos pueden intensificarse y resultar imprevisibles.
El pictograma de los medicamentos
El triángulo rojo con un automóvil que aparece en algunos envases advierte de posibles efectos sobre la conducción. No significa por sí solo una prohibición de conducir: indica que debemos consultar el apartado «Conducción y uso de máquinas» del prospecto y seguir las indicaciones del médico o farmacéutico.
Se debe prestar especial atención al iniciar un tratamiento, cambiar la dosis o combinar varios medicamentos. Si aparecen efectos que dificulten la conducción, no se debe conducir. No se debe abandonar el tratamiento por cuenta propia.
Las pruebas de detección de drogas se realizan normalmente con una prueba salival y el posterior análisis de una muestra suficiente de saliva en laboratorio, sin perjuicio de las pruebas alternativas previstas cuando no puedan realizarse las anteriores.
2.10 La intoxicación alcohólica

El alcohol, incluso en pequeñas dosis, tiene una influencia negativa en la conducción y causa numerosos accidentes.
El riesgo de sufrir un accidente aumenta con la cantidad de alcohol consumida. No debe interpretarse una tasa inferior al límite legal como una garantía de seguridad: el alcohol puede afectar a la conducción antes de alcanzar ese límite.
El alcohol produce en el conductor un falso estado de euforia, aumento del tiempo de reacción y reducción del campo visual. También aumenta la distancia recorrida desde que el conductor percibe el peligro hasta que actúa sobre el vehículo.
También hace que el conductor perciba incorrectamente las distancias y velocidades aumentando así el riesgo de que se produzcan accidentes.
La tasa de alcoholemia expresa la concentración de alcohol en sangre, en gramos por litro, o en aire espirado, en miligramos por litro.
Tasas máximas de alcohol
Como norma general, los conductores tienen prohibido conducir con una tasa superior a 0,5 g/l en sangre o 0,25 mg/l en aire espirado.
El límite se reduce a 0,3 g/l en sangre o 0,15 mg/l en aire espirado en los siguientes casos:
- Conductores durante los dos primeros años desde la obtención de su primer permiso de conducción. La antigüedad de una licencia solo se computa para los vehículos que esa licencia permite conducir.
- Al conducir vehículos destinados al transporte de mercancías de más de 3.500 kg de MMA.
- Al conducir vehículos destinados al transporte de viajeros de más de nueve plazas, de servicio público, de transporte escolar o de menores, de mercancías peligrosas, de servicios de urgencia o de transportes especiales.
Los conductores menores de edad tienen una tasa máxima de 0,0 g/l en sangre y 0,0 mg/l en aire espirado, cualquiera que sea el vehículo que conduzcan, incluidas bicicletas y vehículos de movilidad personal.
Para todos los conductores, la recomendación de seguridad es no consumir alcohol antes de conducir.
Transportar mercancías en una furgoneta de hasta 3.500 kg de MMA no implica por sí solo la aplicación de la tasa reducida; esta se aplicará si concurre alguna de las demás circunstancias indicadas.

Pruebas de alcohol y drogas e inmovilización
Todos los conductores están obligados a someterse a las pruebas de alcohol y drogas cuando sean requeridos por los agentes encargados de la vigilancia del tráfico en el ejercicio de sus funciones. También lo están los demás usuarios de la vía implicados en un accidente de tráfico o que hayan cometido una infracción, sin que sea necesario que presenten síntomas evidentes.
La prueba de alcohol se realiza normalmente con un etilómetro. Si la primera prueba supera el límite aplicable o existen síntomas evidentes de influencia del alcohol, se realizará una segunda prueba de aire espirado, dejando al menos diez minutos entre ambas. El interesado puede solicitar una prueba de contraste, preferentemente mediante análisis de sangre; si confirma un resultado positivo, deberá abonar su importe.
La inmediata inmovilización del vehículo podrá ser ordenada por el agente de la autoridad cuando el resultado de las pruebas fuera positivo.
También puede ordenarla si el afectado se niega a realizar las pruebas. La inmovilización se mantendrá mientras persista su causa; podrá evitarse o levantarse si otra persona debidamente habilitada se hace cargo de la conducción y ofrece garantías suficientes a los agentes.
2.11 El vestuario del conductor
La vestimenta que el conductor debe utilizar debe ser cómoda y relajada y no son aconsejables las ropas ajustadas en viajes largos.
Por lo que se refiere al calzado, es recomendable que sea flexible, ligero y bien sujeto al pie, evitando suelas muy gruesas o tacones muy altos para poder actuar correctamente sobre los pedales. En un turismo, lo esencial es que el vestuario y el calzado permitan mantener la libertad de movimientos y el control del vehículo.
Para los conductores de motocicletas son recomendables las prendas resistentes a la abrasión, con protecciones, así como una prenda impermeable cuando sea necesaria y botas adecuadas. Un traje de piel no es una obligación general.
Equipamiento obligatorio en motocicletas y ciclomotores
Los conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores deben utilizar:
- Casco de protección homologado y correctamente abrochado en todo tipo de vías. En ciclomotores se permite transitoriamente seguir usando cascos certificados hasta el 30 de septiembre de 2027.
- Guantes de protección al circular por vías interurbanas.
- Calzado cerrado que cubra todo el pie en cualquier vía.
Estas obligaciones se extienden a motocicletas con sidecar, vehículos de tres ruedas, cuadriciclos y vehículos especiales tipo quad. Cuando el vehículo disponga de estructura de autoprotección y cinturones y así conste en su documentación técnica, se utilizará el cinturón y se aplicará la exención de casco, guantes y calzado cerrado prevista reglamentariamente.
Quienes desarrollen su actividad profesional conduciendo estos vehículos deben llevar chaleco reflectante de alta visibilidad en todo tipo de vías.