La nueva Ley de Tráfico implementada por la DGT ha traído numerosos cambios que todo conductor debe conocer. Desde la recuperación de puntos, hasta la velocidad en adelantamientos o las nuevas sanciones por el uso del móvil, conoce las nuevas reglas.
Desde el 21 de marzo de 2022 están en vigor los cambios de la nueva ley de tráfico.
Una ley que cambia hasta en su nomenclatura, desapareciendo el término motor para denominarse tan sólo Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial, lo que pone en el foco que es una norma en la que también entran los Vehículos de Movilidad Personal.
Así pues, entre los cambios y sanciones que acaban de entrar en vigor observamos los siguientes.
Al volante está prohibido coger el móvil con la mano, así como cualquier otro dispositivo de comunicación.
Tampoco se permite el uso de cascos ni de auriculares, aunque sí el uso del manos libres.
Hay que tener en cuenta que desde el año 2016 las distracciones por el móvil son la primera causa accidente mortal.
También hay que reseñar que en el caso de los motoristas no podrán llevar el móvil ajustado ubicado en el hueco entre la cabeza y el casco.
Esto conllevará una infracción de seis puntos y 500 euros.
Con la nueva normativa queda permitido el uso de dispositivos inalámbricos certificados o que estén homologados para emplear en el casco con el fin de comunicarse y para consultar la navegación.
Gracias al avance de la tecnología esto ya es posible sin renunciar a la seguridad y por ello es una de las novedades que se introducen.
Según la normativa es una infracción no portar el cinturón de seguridad, la sillita infantil, conocida como SRI, y el casco pero también llevarlo de manera inadecuada.
No usarlos o no usarlos bien conllevará una pérdida de 4 puntos y multa de 200 euros.
Aquellos conductores que quieran mejorar sus técnicas al volante y lograr una conducción más segura y eficiente, podrán hacerlo a través de cursos voluntarios, bonificando esta medida con 2 puntos adicionales, siempre con la condición de que tengan puntos con anterioridad en su carnet.
Está permitido hacer un curso así cada 2 años.
También hay novedades respecto a la recuperación de puntos. Una vez han transcurrido 2 años sin que el conductor haya recibido alguna sanción, recuperará el saldo inicial de puntos, indistintamente de si hizo sanciones graves o muy graves.
Si bien hasta este momento debían pasar dos años si la infracción era grave y 3 en los casos de las infracciones muy graves ahora el plazo ha pasado a ser de dos años en todos los casos.
En las carreteras convencionales ya no se podrá superar los 20 km/h al adelantar a otros vehículos.
Con esta medida lo que se pretende es reducir el número de siniestros mortales al hacer este tipo de maniobras, algo importante si se tiene en cuenta que dos de cada tres siniestros mortales se dan en este tipo de vías.
El hecho de no respetar las indicaciones de los agentes cuando se conduce o lo que se puede ver en los paneles será sancionable puesto que ambos son de obligado cumplimiento.
Los peatones cuentan con preferencia de paso sobre los vehículos tanto en los pasos de peatones, como en las aceras.
Los vehículos de movilidad personal no podrán ir por las aceras, salvo que se establezcan excepciones.
El cambio en este punto es que ahora se ha añadido la preferencia del peatón sobre las aceras y las zonas peatonales, dando así también preferencia al peatón en los vados y accesos a garajes.
Por norma, para realizar un adelantamiento a una bici hay que guardar una distancia mínima de 1,5 metros.
En el caso de que se circule por una vía con dos o más carriles por sentido habrá que cambiar de carril.
Queda prohibido aparcar en el carril bici. También parar cualquier vehículo en los carriles o vías ciclistas. Ya lo estaba en el carril bus y ahora se ha añadido el carril bici.
Además, adelantar a ciclistas sin respetar la distancia de seguridad supondrá una pérdida de 6 puntos en el carnet.
Queda prohibida la circulación por la autovía o autopista de los patinetes, teniendo ya legislación vigente para sancionar a la persona que comete este tipo de infracción.
Además, será obligatorio el uso de casco cuando conducimos este tipo de vehículos.
Queda aprobada la normativa para que se dé formación en conducción de bicicletas y vehículos de movilidad personal, de tal modo que se regula este tipo de formación.
Hasta ahora estaba prohibido el uso y/o instalación de inhibidores o radares pero ahora también llevarlos.
Con la nueva normativa se introduce la tasa de 0 alcohol en menores de edad, ya sea en sangre como en aire espirado para los conductores menores de 18 años que puedan estar al frente de bicicletas, patinetes o motos con permiso AM y A1.
Será de obligado cumplimiento respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos anti-contaminación que se debe poner en marcha según la Ley de Cambio Climático en las zonas con más 50.000 habitantes.
Tirar colillas ahora cuesta más puntos, pasando la sanción de 4 a 6 puntos en el carnet. No sólo pone en riesgo a los conductores sino que daña el medioambiente.
Queda prohibido el uso de dispositivos de intercomunicación, como pinganillos, en las pruebas de obtención o recuperación del carnet.
Más allá de la multa entraría en vigor la prohibición de no volver a presentarse al examen en los próximos seis meses.
En el caso de que se dé una suplantación de la identidad será una infracción de tipo penal.
Desde la aplicación miDGT se puede llevar el carnet de conducir de forma electrónica, además de poder hacer varias gestiones desde esta misma app.
Con la nueva normativa se facilita el acceso a las empresas a información sobre el carnet de un conductor profesional.
Podrán conocer si tiene la licencia vigente sin necesitar su autorización.
Desde el próximo 6 de julio de este 2022 los vehículos de nueva matriculación que estén destinados al transporte de viajeros, tendrán por norma la preinstalación de los denominados alcolocks, aparatos conectados al sistema de arranque que impedirán que el motor arranque si el conductor sobrepasa la tasa de alcohol en sangre permitida.
El conductor estará obligado a usarlos en todo caso.
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