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TEMA 5
Equipamiento del vehículo

El alumbrado del vehículo

Luz de alumbrado interior

Ésta luz es la destinada a iluminar el habitáculo del vehículo sin producir deslumbramiento en el resto de usuarios d la vía. ES de uso obligatorio en los automóviles dedicados al servicio público de viajeros y en los de alquiler con conductor.

Alumbrado de taxímetro

Se sitúa en los turismos de servicio público de viajeros, e ilumina el taxímetro cuando se produce la bajada de bandera del taxi. Debe ser anti-deslumbramiento y no será necesaria cuando las cifras sean autoluminosas.

Alumbrado indicador de libre

Cuando un taxi circula por la vía en condiciones de ser alquilado, deberá llevar la luz indicadora de libre tanto de día como de noche. Dicha luz deberá ser de color verde, no deslumbrante, y se colocará en la parte delantera derecha exterior del vehículo.

Alumbrado de la placa de Servicio Público (SP)

Los vehículos destinados al servicio público de viajeros, deberán llevar un dispositivo de iluminación para la placa posterior de SP. La luz no será visible de forma directa, y estará siempre conectada con la luz de la placa de matrícula trasera.

Señal de emergencia

La señal de emergencia se accionará utilizando simultáneamente todas las luces de dirección, para advertir de que el vehículo constituye un peligro temporal. Se activará al realizar un servicio de urgencia con vehículo no prioritario, o en los vehículos que realicen transporte escolar en las paradas mientras bajan o suben viajeros.

Alumbrado de niebla

La luz antiniebla trasera será obligatoria en los turismos, y se deberán llevar una o dos de color rojo. Deberá utilizarse únicamente cuando las condiciones meteorológicas sean muy desfavorables, como por ejemplo con lluvia intensa o fuerte nevada.

El cinturón de seguridad

La finalidad principal del cinturón de seguridad en un vehículo, es la de retener el cuerpo de los pasajeros del mismo en caso de colisión para evitar así los desplazamientos violentos en el interior del habitáculo y evitar así que salgan despedidos.

Será especialmente eficaz en los vuelcos, y su uso conjunto con el airbag reducirá la gravedad de las lesiones de los heridos. Para garantizar su eficacia deberá estar en todo caso bien anclado y homologado, y siempre ajustado en la pelvis y el hombro del pasajero o conductor.

El uso de pinzas o reguladores de presión, estará totalmente prohibido en todo caso ya que disminuirán la eficacia del cinturón. Deberá llevarse abrochado en todo caso y su no utilización supondrá una infracción grave penada con la pérdida de 3 puntos del carnet.

Uso del cinturón de seguridad

El uso del cinturón de seguridad será obligatorio tanto en vías urbanas como interurbanas.

Normativa específica para el transporte escolar y de menores

Los vehículos de categoría M1 que realicen servicios de transporte escolar y de menores deberán obedecer las siguientes normas:

  • Solo se podrá transportar a una persona por plaza.
  • Se prohíbe el uso de la plaza contigua a la del conductor por parte de viajeros menores de 12 años.
  • Los niños con edades entre 5 y 11 años deberán utilizar cinturón de seguridad de 3 puntos, y se deberá contar con cojines elevadores que permitan ajustar perfectamente el cinturón al niño.
  • Si no están provistos de dispositivos de seguridad no podrán viajar menores de 3 años en turismos, vehículos destinados al transporte de mercancías y vehículos mixtos adaptables.

Exenciones al uso del cinturón de seguridad

Se podrá circular sin el cinturón de seguridad o sistema de retención homologado, tanto en vía urbana como interurbana, en los siguientes casos:

  • El conductor de un servicio público de viajeros, al efectuar la maniobra de marcha atrás o estacionamiento.
  • Los pasajeros que cuenten con un certificado médico de exención del uso del cinturón de seguridad por razones médicas o de discapacidad.
  • Los distribuidores de mercancías, cuando realicen sucesivamente operaciones de carga y descarga de mercancías en lugares situados a poca distancia.
  • Los conductores y pasajeros de vehículos en servicio de urgencia.
  • Los conductores de taxi cuando estén en servicio y solo en vía urbana.

El apoyacabezas y el airbag

Entre los dispositivos de seguridad pasiva del vehículo encontramos también el apoyacabezas y el airbag.

Apoyacabezas

Para que el apoyacabezas sea eficaz deberá estar correctamente colocado, dejando el menor espacio posible entre él y la cabeza, sin dejar más de 4 centímetro. Su función es la de evitar el latigazo y el esguince cervical provocado por el movimiento de vaivén de la cabeza.

Airbag

Está formado por una bolsa de aire que se hincha al producirse un impacto, protegiendo así la cara y los ojos en caso de colisión. Deberá estar colocado a una distancia del pasajero de unos 25 centímetros y nunca menos de 10, y solo será eficaz utilizándolo conjuntamente con el cinturón de seguridad.

Dispositivos de seguridad activa

Dentro de los dispositivos de seguridad activa del vehículo destacaremos los neumáticos y el sistema de frenado.

Neumáticos

Deberemos realizar un correcto mantenimiento y supervisión de los neumáticos de forma habitual ya que son la principal causa de accidente debido a fallo mecánico. Se deberá controlar que su presión sea la indicada por el fabricante, midiéndola con los neumáticos en frío.

Por lo que se refiere al dibujo del vehículo, éste deberá tener una profundidad mínima de 1,6 milímetros para los vehículos de hasta 3500 kilogramos de MMA. También, y por seguridad, no deberemos circular con neumáticos con antigüedad mayor a 5 años ya que la superficie se va agrietando y desgastando de manera irregular.

Sistema de frenado

El sistema de frenado de un vehículo necesita de un mantenimiento periódico, controlando el nivel de líquido de frenos, observando el estado de los latiguillos y revisando el estado de los discos y pastillas de freno.

En caso de que el conductor deba realizar una frenada de emergencia, tendrá que saber que uno de los mayores riesgos es que las ruedas lleguen a bloquearse, por lo que será recomendable contar con un sistema ABS que evita dicho bloqueo repartiendo la frenada.

Si nuestros frenos fallan totalmente, el conductor deberá pisar y soltar el pedal varias veces para recuperar su eficacia. En caso de que exista sobrecalentamiento deberemos soltar el pedal para que el sistema se ventile.

Accesorios, herramientas y repuestos

Los turismos, vehículos mixtos y los automóviles destinados al transporte de mercancías, cuya M.M.A sea superior a 3.500 kg, deberán llevar los siguientes accesorios:

  • Dos dispositivos de preseñalización de peligro (triángulos).
  • Un chaleco reflectante de alta visibilidad, que se deberá utilizar cuando el conductor salga del vehículo y se sitúe en la calzada o arcén de una vía interurbana. Debe estar siempre situado en un lugar accesible para que el conductor pueda cogerlo antes de salir del vehículo.
  • Una rueda de repuesto completa o una de uso temporal con las herramientas necesarias para su cambio. Ésta rueda puede sustituirle por un sistema alternativo que permita la movilidad del vehículo.

Los vehículos de hasta 9 plazas incluido el conductor, que realicen transporte escolar o de menores, deberán llevar un extintor de clase 5ª y un botiquín de primeros auxilios.