Según su naturaleza los transportes por carretera se pueden clasificar de la siguiente manera.
Cuando se produce el transporte por cuenta ajena a cambio de una retribución económica. Los transportes públicos de mercancías por carretera tendrán en todo caso la consideración de discrecionales, incluso cuando se produzca en los mismos una reiteración de itinerario, calendario o de horario.
Cuando se produce el transporte por cuenta propia. Pueden ser:
Para poder realizar transportes de mercancías, tanto públicos como privados complementarios, será necesaria la obtención anterior por las personas que pretendan llevarlas a cabo de la correspondiente autorización administrativa que habilite para realizar transporte exclusivamente con los vehículos que se les hayan vinculado mediante la inscripción de su matrícula en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte.
Los vehículos con capacidad de tracción propia que se vayan a usar para realizar transporte al amparo de la autorización deberán estar matriculados en España y su titular dispondrá de ellos en propiedad, arrendamiento financiero o arrendamiento ordinario.
En la comprobación del cumplimiento de este requisito el órgano competente deberá atenerse únicamente a los datos obrantes en los registros de la Jefatura Central de Tráfico.
Las autorizaciones se ingresarán en dicho registro con las siguientes claves:
No se otorgarán nuevas autorizaciones MDLE cuando alguno de los vehículos que se pretenda adscribir a la autorización supere las 3,5 toneladas de MMA.
En ningún caso podrá otorgarse una autorización de transporte privado complementario a quien sea titular de una de transporte público.
Tanto las autorizaciones de transporte público como privado complementario se otorgarán sin plazo de duración prefijado, si bien su validez quedará condicionada a la comprobación periódica del mantenimiento de las condiciones que justificaron su otorgamiento y de aquellas que, aun no siendo exigidas inicialmente, resulten de obligado cumplimiento mediante la realización del correspondiente visado.
Este visado se realizará cada 2 años por el órgano competente para otorgar la autorización.
Asimismo, la administración podrá comprobar el adecuado cumplimiento de las condiciones que dieron lugar al otorgamiento de las autorizaciones o que constituyen requisitos para su validez, recabando de su titular la documentación acreditativa que estime pertinente.
No será necesario que obtenga autorización de transporte público quien realice las siguientes modalidades de transporte:
No será necesaria la obtención de autorización de transporte privado complementario para realizar las siguientes modalidades de transporte, además de las anteriores:
Regímenes aduaneros más importantes:
Formada por un dispositivo luminoso, con una o varias luces de color amarillo auto, señala la posición en la vía o en sus inmediaciones de un vehículo que desempeña un servicio o actividad en situación de para o estacionamiento, o a una velocidad inferior a los 40 km/h (podrá usarla cualquier vehículo que se encuentre en esta situación por avería o accidente).
También deberán usarla los vehículos en régimen de transporte especial y sus vehículos piloto o de acompañamiento, así como los vehículos de acompañamiento de las pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos, y de las columnas militares.
Los vehículos obligados a usar la señal V-2, además podrán llevar en el contorno del vehículo unos distintivos retrorreflectantes con franjas alternas rojas y blancas. En caso de avería de esta luz se utilizará la luz de cruce junto con la señal de emergencia.
Señala la circulación próxima de un vehículo en régimen de transporte especial o vehículo especial. La señal V-2 puede ir acompañando a esta señal formando un conjunto.
Señaliza vehículos largos y pesados, así como sus remolques, tanto en la parte trasera como en el lateral, en función de las masas máximas, longitudes y categorías, conforme se establece en el Reglamento CEPE/ONU 48R. Se constituirá por un marcado reflectante usado para incrementar la visibilidad y el reconocimiento de los vehículos citados o sus cargas.
Se denominada distintivo a una franja regular o serie de franjas colocadas de manera que identifiquen el contorno o, en su defecto, la longitud y anchura total de un vehículo de motor o conjunto de vehículos o sus cargas, cuando sea visto desde un lado o desde detrás.
Esta señal será obligatoria para los vehículos que se matriculen a partir del 10 de julio de 2011, siendo voluntaria para los matriculados con anterioridad.
Selecciona el idioma y el país en el cual quieres conseguir tu carnet de conducir
Las 26 dudas más preguntadas de nuestros alumnos.
¿Cómo obtener tu licencia con PracticaTest?
Si tienes alguna duda sobre los servicios que ofrece practicatest.com ponte en contacto con nosotros de la siguiente manera:
Introduce el email con el que te registraste y recibirás las instrucciones para restablecer tu contraseña en tu correo electrónico.
Indica que temario, información, normativa necesitas:
Usuario No Premium: Únicamente podrás acceder a test al día. Cada día podrás realizar un nuevo examen. Recuerda entrar cada día para no perder ningún examen.
Usuario Premium: Podrás acceder a todos los test, repetir todos los exámenes las veces que desees, acceder a las últimas preguntas de la DGT y a los test inteligentes. Ver cuentas Premium.