25. Detención, parada y estacionamiento
Índice de contenido
- 1. La Detención
- 2. Parada y estacionamiento
- 3. Lugares prohibidos para parar y estacionar
- 4. Señales que regulan la parada y el estacionamiento
- 5. Medidas para evitar que el vehículo se ponga en movimiento en ausencia del conductor
- 6. Zonas de estacionamiento con horario limitado
- 7. Lugares específicamente destinados al estacionamiento
- 8. Formas de estacionar
- 9. Apertura de puertas y entrada o salida de los ocupantes del vehículo
- 10. Errores frecuentes de examen
- 11. Resumen final

1. La Detención
La detención es la inmovilización de un vehículo por emergencia (avería), por necesidades de la circulación (atasco) o para cumplir un precepto reglamentario (ceder el paso).
No se puede confundir la detención con la parada ya que son maniobras distintas. Mientras que la detención no es una maniobra y su realización viene impuesta, la parada es una maniobra que se realiza de forma voluntaria.

Por su parte la detención se efectúa tanto dentro como fuera de la corriente circulatoria, mientras que la parada se suele realizar abandonando la corriente circulatoria.
Por último, la duración de la detención depende de las circunstancias que la motivan, mientras que la parada debe durar menos de dos minutos.
La detención deberá realizarse de forma suave y progresiva evitando frenazos, y advirtiéndolo siempre que sea posible con las luces de frenado.
Si la detención viene motivada por un atasco es recomendable parar el motor cuando la espera se prolongue. Si se produce en el interior de un túnel o paso inferior, se deberá apagar el motor conservando encendidas las luces de posición, conforme a las normas específicas de estos lugares.
1.1 Detención por emergencia
La detención por emergencia puede ser causada por un accidente, avería o caída de la carga entre otros factores.
El conductor deberá señalizar el vehículo u obstáculo, encendiendo la señal de emergencia tanto de día como de noche y encendiendo las luces de posición, y las de gálibo cuando procedan, durante la noche y en situaciones de poca visibilidad.

Señalización de emergencia: en los turismos matriculados en España debe utilizarse una baliza V-16 conectada y certificada, incluida en el listado oficial de modelos válidos de la DGT. Los triángulos y las balizas sin conexión ya no sustituyen este dispositivo. La finalidad es advertir del peligro sin obligar al conductor a caminar por la calzada o el arcén para colocar dispositivos en la vía.
Retirada del vehículo y de la carga
Es importante que se despeje la vía y se aparte el vehículo de la calzada lo antes posible. El conductor deberá adoptar las medidas necesarias para que el vehículo y su carga queden en un lugar donde no sean un obstáculo a la circulación, siempre que pueda hacerse con seguridad. Si fuera preciso retirarlo o trasladarlo, deberá intervenir un vehículo destinado al servicio de auxilio en vías públicas e inscrito en el registro correspondiente.
La normativa contempla excepciones cuando, por la masa o las dimensiones del vehículo averiado o accidentado, sea necesario utilizar otro tipo de vehículo. No existe una autorización general para que otro turismo lo remolque con una cuerda hasta el lugar más próximo.
1.2 Cómo actuar en una detención por emergencia

Ante una emergencia, la actuación debe ser rápida pero segura. El objetivo principal es proteger a las personas y evitar que el vehículo detenido genere un nuevo accidente.
- Señaliza inmediatamente con la señal de emergencia.
- Reduce la velocidad de forma progresiva y evita frenazos si es posible.
- Aparta el vehículo fuera de la calzada y de la parte transitable del arcén siempre que sea viable.
- Ponte el chaleco reflectante antes de salir del vehículo cuando debas ocupar la calzada o el arcén de una vía interurbana. Es aconsejable que también lo utilicen los demás ocupantes que deban salir.
- Coloca y activa la baliza V-16 conectada en la parte más alta posible del vehículo, garantizando su máxima visibilidad y sin exponerte al tráfico.
- Abandona el vehículo por el lado contrario al flujo de tráfico si existe un lugar seguro fuera de la plataforma de circulación y puedes alcanzarlo sin transitar ni permanecer en los carriles o arcenes. Si no puedes salir con seguridad, permanece dentro con el cinturón abrochado.
- Llama al 112 si hay heridos, incendio o un peligro que requiera la intervención de los servicios de emergencia. Si se trata de una avería sin ese riesgo, solicita asistencia en carretera.
Recuerda: si el vehículo accidentado o averiado puede seguir circulando con seguridad, debe hacerlo de inmediato. Si necesita auxilio, deberá abandonar los carriles y dirigirse a la primera salida disponible utilizando el arcén derecho. Si no es posible, se detendrá en el arcén derecho o donde cause menor obstáculo.
La V-16 comunica la ubicación del vehículo, pero no sustituye la llamada a emergencias o al servicio de asistencia. El parte de accidente debe cumplimentarse en un lugar seguro, fuera de la plataforma de circulación.
1.3 Detención en túneles o pasos inferiores

Si la inmovilización se produce dentro de un túnel, paso inferior o tramo afectado por la señal túnel, el riesgo es mayor por la falta de espacio, visibilidad y ventilación.
Inmovilización por avería o accidente
- Enciende la señal de emergencia y mantén las luces de posición.
- Si la avería permite continuar con seguridad, sal del túnel o paso inferior; si no es posible, dirígete a una zona reservada para emergencias.
- Detén el vehículo en la zona de emergencia más próxima en el sentido de la marcha o, si no existe, lo más cerca posible del borde derecho.
- Apaga el motor una vez inmovilizado.
- Coloca y activa el dispositivo de preseñalización de peligro reglamentario, sin exponerte al tráfico.
- No hagas marcha atrás ni cambies de sentido.
- Solicita auxilio sin demora mediante el poste SOS más próximo, si existe, y sigue las instrucciones recibidas. Utiliza el 112 cuando sea necesario.
- Abandona el vehículo con los demás ocupantes y dirígete al refugio o salida más próximos. No transites por la calzada si existen zonas excluidas a la circulación.
En caso de incendio
En caso de incendio, aproxima el vehículo todo lo posible a la derecha para facilitar el paso de los servicios de emergencia. Apaga el motor, deja la llave puesta y las puertas abiertas. Todos los ocupantes deben dirigirse al refugio o salida más próximos en sentido contrario al fuego, siguiendo las indicaciones de evacuación y utilizando las zonas excluidas a la circulación cuando existan.
Detención por atasco dentro del túnel
Si la inmovilización se debe a las necesidades de la circulación, el conductor y los pasajeros no deben abandonar el vehículo. Hay que apagar el motor, mantener las luces de posición y utilizar temporalmente la señal de emergencia para advertir a quienes se aproximan por detrás. Debe dejarse la mayor separación posible respecto al vehículo precedente.
1.4 Detención en un paso a nivel o puente móvil
Si un vehículo queda detenido por fuerza mayor en un paso a nivel, o su carga cae sobre él, el conductor debe desalojar rápidamente a los ocupantes y procurar dejar el paso libre cuanto antes. Si no consigue retirarlo, deberá advertir del peligro con suficiente antelación a los vehículos que circulen sobre raíles y a los demás usuarios. Estas reglas también se aplican a los puentes móviles.
2. Parada y estacionamiento
La parada es la inmovilización del vehículo durante un tiempo inferior a dos minutos y sin que el conductor lo abandone.
Si una inmovilización voluntaria dura dos minutos o más, o el conductor abandona el vehículo, se considera estacionamiento. En cambio, una detención por un semáforo, atasco o emergencia sigue siendo detención aunque se prolongue.

El estacionamiento es la maniobra de inmovilización de un vehículo, que no se encuentra ni parado ni detenido.
2.1 Realización de las maniobras de parada y estacionamiento
La parada y el estacionamiento como el resto de maniobras deben realizarse siguiendo la regla de seguridad de observar, señalizar y ejecutar.
- Observar: comprobar por delante, por detrás y por los laterales que la maniobra puede hacerse sin peligro.
- Señalizar: advertir con suficiente antelación mediante los indicadores de dirección o, si procede, con el brazo.
- Ejecutar: realizar la maniobra de forma progresiva, sin obstaculizar ni crear riesgo para otros usuarios.

Antes de realizar la maniobra se observará el tráfico al frente y a los lados mediante los retrovisores, para comprobar que se puede realizar sin riesgo para el resto de usuarios de la vía.
Una vez comprobada la viabilidad de la maniobra se debe señalizar para advertir al resto de usuarios bien con el indicador de dirección derecho si la parada o el estacionamiento se hacen en el lado derecho, o bien con el indicador de dirección izquierdo si se efectúan en el lado izquierdo.
Si para ejecutar la maniobra debiéramos reducir considerablemente la velocidad, deberíamos avisar al resto de usuarios, siempre que sea posible, utilizando reiteradamente las luces de frenado o moviendo el brazo alternativamente arriba y abajo con movimientos cortos y rápidos. Deben evitarse los frenazos bruscos, salvo en caso de peligro inminente.

El conductor deberá ejecutar la maniobra de forma que el vehículo no constituya un riesgo a la circulación, cuidando su colocación y no ejecutándola en un lugar expresamente prohibido para realizarla.
En vías fuera de poblado la parada o estacionamiento deberán realizarse siempre fuera de la calzada, en su lado derecho y sin ocupar la parte transitable del arcén.
En vías urbanas y travesías, cuando debamos parar o estacionar en la calzada o en el arcén, colocaremos el vehículo lo más cerca posible del borde derecho si la vía es de dos sentidos, o del borde izquierdo o derecho si la vía es de un único sentido, respetando la señalización y las condiciones aplicables.

2.2 Alumbrado del vehículo inmovilizado
Entre la puesta y la salida del sol, o cuando la visibilidad disminuya sensiblemente, un vehículo inmovilizado en la calzada o el arcén deberá mantener encendidas las luces de posición y, cuando procedan, las de gálibo.
- En una travesía insuficientemente iluminada, el vehículo parado o estacionado de noche debe mantener las luces de posición. Si está estacionado en línea, pueden sustituirse por las luces de estacionamiento o por las dos luces de posición del lado de la calzada.
- En vías urbanas que no sean travesías, los vehículos estacionados no necesitan mantener las luces de posición cuando la iluminación permita distinguirlos a una distancia suficiente.
3. Lugares prohibidos para parar y estacionar
Está prohibido parar en curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida y en sus proximidades, así como en túneles y pasos inferiores. También está prohibido en los carriles reservados para la circulación o servicio de determinados usuarios y en autopistas y autovías, salvo en zonas especialmente habilitadas.
En las intersecciones y sus proximidades, la prohibición se aplica si se dificulta el giro a otros vehículos o, en vías interurbanas, si se genera peligro por falta de visibilidad.
Tampoco se podrá parar sobre los raíles de un tranvía ni tan cerca de ellos que se entorpezca su circulación, o en los lugares donde se impida la visibilidad de la señalización al resto de usuarios afectados por ella o se les obligue a hacer maniobras.

También está expresamente prohibido parar en los carriles destinados a bicicletas o al uso del transporte público urbano, y en las zonas señalizadas para uso de personas con movilidad reducida.
Por su parte, el estacionamiento está prohibido en todos los lugares citados en que está prohibida la parada y, además, en las zonas señalizadas para carga y descarga durante su horario de reserva, en las zonas con limitación horaria sin la autorización correspondiente o superando el tiempo permitido, sobre las aceras o pasos de peatones, delante de los vados señalizados y en doble fila.
3.1 Lugares donde está prohibido parar

- Curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida y sus proximidades; túneles, pasos inferiores y tramos afectados por la señal de túnel.
- Pasos a nivel, pasos para ciclistas y pasos para peatones.
- Carriles reservados para determinados usuarios, como carril bus, carril taxi o carril bici.
- Intersecciones y proximidades, si se dificulta el giro a otros vehículos o, en vías interurbanas, si se genera peligro por falta de visibilidad.
- Raíles de tranvía o lugares donde se entorpezca su circulación.
- Autopistas y autovías, salvo en zonas especialmente habilitadas.
- Zonas de uso exclusivo para personas con movilidad reducida y pasos de peatones.
- Zonas destinadas a parada y estacionamiento del transporte público urbano.
- Lugares donde se oculte la señalización a los usuarios afectados o se les obligue a hacer maniobras.
3.2 Lugares donde está prohibido estacionar

- En todos los lugares donde está prohibida la parada.
- En zonas de carga y descarga durante las horas reservadas.
- En zonas de estacionamiento limitado sin ticket, autorización o distintivo válido, o excediendo el tiempo máximo autorizado.
- En doble fila.
- Sobre aceras, paseos, refugios, isletas o zonas peatonales.
- Delante de vados señalizados.
- En espacios reservados para servicios de urgencia, seguridad o personas con movilidad reducida.
Idea clave para examen: todo lugar donde está prohibido parar también prohíbe estacionar, pero no todo lugar donde está prohibido estacionar prohíbe la parada.
Estacionamiento sobre aceras
La prohibición de estacionar sobre aceras y paseos se aplica a los turismos. Las ordenanzas municipales pueden regular la parada y el estacionamiento de vehículos de dos ruedas en estos espacios, siempre que no se perjudique ni entorpezca el tránsito peatonal y se respeten las necesidades de las personas con discapacidad.
Doble fila y luces de emergencia
Estacionar en doble fila está prohibido aunque el conductor permanezca dentro. Una parada tampoco puede crear peligro ni obstaculizar la circulación. Encender las luces de emergencia no autoriza una parada o un estacionamiento prohibidos.
4. Señales que regulan la parada y el estacionamiento
4.1 Marcas viales
Línea amarilla continua
La parada y el estacionamiento están regulados por marcas viales y señales verticales. Entre las marcas viales utilizadas se encuentra la línea longitudinal amarilla continua, pintada en el bordillo o en la calzada junto a este, que indica que en ese tramo la parada y el estacionamiento están prohibidos. Si la prohibición es temporal, se especificará mediante señal vertical al principio del tramo.

Línea amarilla discontinua
Una línea longitudinal discontinua de color amarillo pintada en el bordillo o junto a él prohíbe el estacionamiento durante toda su longitud. Si la prohibición es temporal, se indicará mediante señal vertical al principio del tramo. Esta marca vial no prohíbe por sí sola la parada, pero deben respetarse las demás normas y señales.

Línea amarilla en zigzag
Una línea en zigzag de color amarillo indica que el estacionamiento está prohibido a los vehículos en general por estar esa zona reservada para algún uso especial, como carga y descarga o parada de autobuses. La marca no prohíbe por sí sola la parada, pero no autoriza a utilizar un espacio reservado a otros usuarios, como una parada de transporte público.

4.2 Señales verticales
Parada y estacionamiento prohibidos: R-307
Por lo que se refiere a señales verticales, la señal R-307 prohíbe la parada y el estacionamiento en el lado de la calzada en el que está situada. Salvo indicación en contrario, la prohibición comienza en la vertical de la señal y termina en la siguiente intersección en el sentido de la marcha.



Estacionamiento prohibido: R-308
La señal R-308 prohíbe estacionar en el lado en el que está situada, pero no prohíbe por sí sola la parada. Salvo indicación en contrario, su prohibición comienza en la vertical de la señal y termina en la intersección más próxima en el sentido de la marcha.
Las antiguas señales R-308a, de estacionamiento prohibido los días impares, y R-308b, de estacionamiento prohibido los días pares, han sido suprimidas del catálogo oficial. No deben estudiarse como señales vigentes; las restricciones temporales deben interpretarse conforme a la señalización actual instalada.


Prohibiciones por quincenas
La señal R-308c prohíbe estacionar en el lado de la calzada en que esté dispuesta desde las 9 h del día 1 de cada mes hasta las 9 h del día 16 y no prohíbe la parada.
La señal R-308d por su parte prohíbe estacionar desde las 9 h del día 16 hasta las 9 h del día 1 con las mismas características que la señal R-308c.


Vados y estacionamiento de duración limitada
La señal R-308e prohíbe el estacionamiento delante de un vado y la señal R-309 indica una zona de estacionamiento de duración limitada en la que el conductor tendrá la obligación de indicar, mediante el sistema reglamentario, la hora en que comienza su estacionamiento.
La señal R-309, un cartel o un panel complementario pueden indicar el tiempo máximo autorizado, el horario de vigencia de la limitación y si el estacionamiento está sujeto a pago.
Señalización actualizada: el catálogo incluye las variantes R-307a, R-307b y R-307c, que prohíben parar y estacionar hacia ambos lados de la señal o hacia el lado indicado por la flecha, y las R-308f, R-308g y R-308h, que prohíben únicamente estacionar con el alcance indicado. Deben observarse las flechas, las intersecciones y las señales que delimitan el tramo afectado.
5. Medidas para evitar que el vehículo se ponga en movimiento en ausencia del conductor
5.1 Motor, freno y marcha seleccionada
Cuando el conductor tenga que dejar su puesto deberá parar el motor, desconectar el sistema de arranque y accionar el freno de estacionamiento. Si se aleja del vehículo, deberá adoptar también las precauciones necesarias para impedir su uso sin autorización.

Si el vehículo tiene un cambio de marchas manual el conductor deberá dejar puesta la primera marcha en pendientes ascendentes y la marcha atrás en pendientes descendentes.
En caso de que el cambio de marchas sea automático se deberá dejar colocada la posición de estacionamiento en todo tipo de pendientes.
Además, si el vehículo queda estacionado en pendiente junto a un bordillo, es recomendable orientar las ruedas de modo que este pueda frenar un desplazamiento accidental: hacia el centro de la calzada en una pendiente ascendente y hacia el bordillo en una descendente.
- Pendiente ascendente: freno de estacionamiento, primera marcha en vehículos manuales y, cuando exista bordillo, ruedas orientadas hacia el centro de la calzada.
- Pendiente descendente: freno de estacionamiento, marcha atrás en vehículos manuales y ruedas orientadas hacia el bordillo.
- Cambio automático: posición P y freno de estacionamiento.
5.2 Inmovilización adicional en pendientes
Cuando se trate de un vehículo de más de 3.500 kg de MMA, un autobús o un conjunto de vehículos, y la parada o el estacionamiento se realicen en una pendiente sensible, deberá inmovilizarse además mediante calzos adecuados o apoyando una rueda directriz en el bordillo, con la orientación indicada para cada pendiente.
Esta obligación también alcanza a un turismo con remolque, por ser un conjunto de vehículos. No pueden utilizarse piedras u objetos improvisados como calzos, y los calzos utilizados deben retirarse de la vía antes de reanudar la marcha.
6. Zonas de estacionamiento con horario limitado
Las autoridades municipales en ocasiones se ven obligadas a regular el estacionamiento en las grandes ciudades por un tiempo limitado debido a la escasez de lugares para estacionar.

Estas zonas se señalizan mediante señales verticales que indican la zona de estacionamiento limitado y marcas viales que pueden ser de color azul o de otros colores conforme a la regulación local. Deben comprobarse las condiciones de uso, ya que el color por sí solo no determina un horario o una tarifa iguales en todos los municipios.
En estas zonas debe obtenerse el ticket, autorización o justificante correspondiente, previo pago cuando proceda, o utilizar el sistema municipal establecido. Si se exige un documento físico, deberá colocarse en un lugar visible. En los sistemas electrónicos, el control puede realizarse mediante la matrícula, sin ticket en papel.
- El conductor debe comprobar horarios, tiempo máximo y condiciones indicadas por la señalización.
- Fuera del horario regulado, se aplicarán las normas generales de parada y estacionamiento.
- En zonas de estacionamiento limitado, no basta con dejar el vehículo correctamente colocado: también hay que cumplir la limitación temporal o de pago.
7. Lugares específicamente destinados al estacionamiento

La señal S-17 indica un lugar donde está autorizado el estacionamiento de vehículos. Esta señal puede llevar un símbolo que indique el tipo de vehículos para los cuales está permitido el estacionamiento o una indicación de tiempo que limita el estacionamiento.


La señal S-18 indica el lugar reservado para la parada y estacionamiento de taxis libres y en servicio, mientras que la señal S-19 indica el lugar reservado para parada de autobuses.



La señal S-20 indica el lugar reservado para la parada de tranvías y la S-124 un lugar de estacionamiento conectado con una estación de ferrocarril. Por último, la señal S-126 indica que se trata de una zona de estacionamiento conectada con una terminal de autobuses.
Se considera una parada o estacionamiento en lugar peligroso o que obstaculiza gravemente la circulación cuando no permite el paso de otros vehículos o dificulta la utilización normal de la salida o acceso de personas o animales a un inmueble, o de vehículos por un vado correctamente señalizado.
También será peligrosa u obstaculizará gravemente la circulación la parada o el estacionamiento en medianas o isletas, o cuando la distancia entre el vehículo y el borde opuesto de la calzada, o una marca longitudinal que no pueda atravesarse, sea inferior a tres metros, o cuando no se permita el paso de otros vehículos.
También se considera estacionamiento en lugar peligroso cuando se realiza en una zona de carga y descarga durante las horas reservadas, en un espacio reservado a servicios de urgencia o cuando se efectúe en doble fila y sin conductor.
También será estacionamiento en lugar peligroso o que obstaculiza gravemente la circulación el realizado en medio de la calzada o en espacios prohibidos de una vía pública calificada de atención preferente y específicamente señalizados.
También deben mantenerse libres las salidas de otros vehículos correctamente estacionados, los rebajes accesibles y los espacios necesarios para realizar giros autorizados.
El estacionamiento se realizará, como norma general, paralelamente al borde de la calzada, de forma que permita aprovechar el espacio disponible para el resto de vehículos. Se permite otra colocación cuando las características de la vía, las marcas de estacionamiento u otras circunstancias lo aconsejen.
7.1 Plazas reservadas y lugares especialmente sensibles
Las plazas reservadas a personas con movilidad reducida, servicios de urgencia, carga y descarga, taxis o transporte público solo pueden ser utilizadas por los vehículos autorizados y en las condiciones indicadas por la señalización.
- Estacionar indebidamente en una plaza reservada puede impedir el acceso seguro a personas que la necesitan.
- En paradas de autobús, taxi o tranvía, la parada o estacionamiento de otros vehículos puede crear riesgo para usuarios que suben o bajan.
- En pasos de peatones y sus proximidades se debe mantener siempre la visibilidad de los peatones.
Visibilidad antes de los pasos de peatones
El catálogo de marcas viales establece que no se permite el aparcamiento de automóviles, al menos, en los 6 metros anteriores al paso cuando la acera queda alineada con el borde exterior de la banda de estacionamiento, el más alejado de los carriles. Si la acera se prolonga hasta el borde de esa banda situado junto al carril de circulación, la distancia mínima es de 3 metros. En todo caso debe quedar garantizada la visibilidad de los peatones.
7.2 Estacionamiento de autocaravanas y vehículos vivienda
Las autocaravanas y otros vehículos acondicionados como vivienda deben respetar las normas generales y la señalización del lugar. Además, su estacionamiento debe cumplir estas condiciones:
- No extender elementos propios que sobresalgan del perímetro del vehículo, considerado como su proyección sobre el suelo.
- Descansar únicamente sobre los neumáticos, admitiéndose calzos o cuñas de seguridad.
- No verter fluidos procedentes del habitáculo.
Estas condiciones no convierten cualquier lugar en una zona autorizada de estacionamiento ni sustituyen las restricciones de acceso o uso que correspondan.
8. Formas de estacionar

Las zonas de estacionamiento suelen indicarse con marcas de estacionamiento de color blanco de manera que cuando estas son paralelas al bordillo el estacionamiento debe hacerse en línea (un vehículo detrás de otro).

Cuando las marcas longitudinales son diagonales al bordillo el estacionamiento debe hacerse de manera oblicua.

Cuando las marcas blancas son perpendiculares al bordillo el estacionamiento deberá realizarse en batería con las dos ruedas delanteras o traseras igual de próximas al bordillo.
9. Apertura de puertas y entrada o salida de los ocupantes del vehículo
Está prohibido llevar las puertas abiertas durante la marcha o abrirlas antes de que el vehículo quede inmovilizado.
Antes de bajar del vehículo deberemos asegurarnos de que la apertura de las puertas no supone un riesgo para el resto de usuarios especialmente ciclistas, y conductores de motocicletas y ciclomotores.

Una vez que el vehículo esté inmovilizado, los usuarios deberán entrar y salir, como norma general, por el lado más próximo al borde de la vía, habitualmente el de la acera.
En las vías urbanas de único sentido la salida y entrada se realizará por el lado izquierdo o derecho según el lado por el que se efectúe la inmovilización.
Cuando la inmovilización del vehículo se realice en el lado derecho, el conductor podrá salir por el lado izquierdo únicamente después de comprobar que no genera peligro ni entorpece a otros usuarios. En caso de avería o accidente deben aplicarse las reglas específicas de salida segura explicadas anteriormente.
Atención a ciclistas y motoristas: antes de abrir una puerta hay que mirar por el retrovisor y girar ligeramente la cabeza para comprobar el ángulo muerto. Abrir la puerta sin comprobar puede provocar una caída grave de un ciclista, motorista o usuario de VMP.
10. Errores frecuentes de examen
- Confundir detención con parada: la detención viene impuesta; la parada es voluntaria, dura menos de dos minutos y exige que el conductor no abandone el vehículo.
- Creer que donde se prohíbe estacionar también se prohíbe siempre parar: solo se prohíbe la parada si lo indica la señal o la norma.
- Olvidar que fuera de poblado la parada y el estacionamiento deben hacerse fuera de la calzada, en el lado derecho y dejando libre el arcén transitable.
- Estudiar las antiguas señales R-308a y R-308b como vigentes: han sido suprimidas del catálogo. Las señales R-308c y R-308d, de prohibición por quincenas, se mantienen.
- Salir del vehículo por el lado del tráfico sin comprobar el riesgo para ciclistas, motoristas o VMP.
- Usar normas antiguas de señalización de emergencia en lugar de la baliza V-16 conectada.
11. Resumen final
- La detención es impuesta por emergencia, tráfico o norma; la parada es voluntaria y breve; el estacionamiento es toda inmovilización que no sea parada ni detención.
- La parada y el estacionamiento se hacen siempre siguiendo la regla observar, señalizar y ejecutar.
- En vías interurbanas se realizan fuera de la calzada, en el lado derecho y sin ocupar el arcén transitable.
- La señal R-307 prohíbe parar y estacionar; la R-308 prohíbe estacionar, pero permite parar.
- La línea amarilla continua prohíbe parar y estacionar; la línea amarilla discontinua prohíbe estacionar; la línea amarilla en zigzag reserva la zona para un uso especial.
- En los turismos matriculados en España, la señalización de una inmovilización por emergencia debe realizarse con la V-16 conectada y certificada cuando corresponda.