23. Los Adelantamientos

1. Conceptos básicos 2. Requisitos administrativos para conducir un vehículo a motor 3. El conductor, los demás usuarios y la prioridad de paso 4. Progresión normal y sentido de circulación 5. Placas, señales y distintivos en el automóvil 6. Conducción, económica y circunstancias del medio ambiente 7. Preparación y desarrollo de un viaje 8. Factores concernientes a la carga y personas transportados 9. Normas generales de las señales de circulación 10. Señales verticales de tráfico - Actualizado en 2026 11. Marcas viales 12. Los semáforos 13. Otros dispositivos de señalización en el vehículo 14. Señalización circunstancial que modifica la utilización de la vía y señales 15. La velocidad 16. Mandos y reglajes del automóvil 17. La visibilidad y elementos transparentes del vehículo 18. Dispositivos de iluminación en los vehículos 19. Los neumáticos y la adherencia 20. Los frenos y su utilización 21. Funcionamiento y mantenimiento del automóvil 22. Accesorios, repuestos y herramientas. Inspecciones periódicas 23. Los Adelantamientos 24. Cambio de sentido y marcha atrás 25. Detención, parada y estacionamiento 26. Maniobras de incorporación a la circulación y desplazamientos laterales 27. Prioridad de paso, intersecciones, pasos a nivel y puentes móviles 28. Inmovilización de los vehículos por los agentes de la circulación 29. Señales y órdenes de los agentes de circulación 30. Vehículos especiales y Vehículos de Movilidad Personal 31. Los peligros concretos de la vía y su señalización 32. Factores que disminuyen las aptitudes del conductor 33. La seguridad pasiva 34. Sistemas Avanzados de Asistencia al Conductor (ADAS) 35. La conducción nocturna y en condiciones adversas 36. La conducción en autopistas y autovías 37. Elementos que intervienen en los accidentes de circulación 38. Comportamiento en caso de accidente

Índice de contenido

  1. 1. Realización del adelantamiento
    1. 1.1 Comportamiento del conductor que pretende adelantar antes del adelantamiento
      1. Velocidad y capacidad de aceleración
      2. Visibilidad, espacio y preferencia
    2. 1.2 Casos en que está prohibido adelantar
      1. Marcas viales y carriles cerrados
    3. 1.3 Lugares en que está prohibido adelantar por falta de visibilidad motivada por el trazado de la vía, condiciones meteorológicas o de tráfico
      1. Curvas, cambios de rasante y visibilidad insuficiente
      2. Pasos de peatones, pasos a nivel e intersecciones con vías ciclistas
      3. Intersecciones y túneles
      4. Autopistas y autovías con nieve
    4. 1.4 Señalización de la maniobra para advertir al resto de usuarios
    5. 1.5 Comportamiento del conductor del vehículo que adelanta durante el adelantamiento
      1. Separación lateral y protección de usuarios vulnerables
      2. Alumbrado y desistimiento de la maniobra
    6. 1.6 Comportamiento del conductor que adelanta una vez sobrepase el vehículo adelantado
    7. 1.7 Comportamiento del conductor del vehículo adelantado
    8. 1.8 Comportamiento del conductor del vehículo que circula en sentido contrario
  2. 2. Otros adelantamientos
    1. 2.1 Adelantamiento en vías de tres carriles
    2. 2.2 Adelantamiento en vías fuera de poblado de dos o más carriles para cada sentido
    3. 2.3 Adelantamiento por la derecha
    4. 2.4 Supuestos excepcionales en tramos con prohibición de adelantamiento
  3. 3. Maniobras que no se consideran adelantamientos
    1. 3.1 Rebasamiento de vehículos inmovilizados y obstáculos
      1. Separación y velocidad al pasar junto a vehículos inmovilizados
    2. 3.2 Circulación densa en varios carriles
    3. 3.3 Carriles de aceleración, deceleración y reservados
    4. 3.4 Ciclistas que circulan en grupo

Normas sobre adelantamientos en las vías públicas

El adelantamiento consiste en sobrepasar a un vehículo que circula más lento y por delante del nuestro, en el mismo sentido de la marcha. Debe distinguirse del rebasamiento de vehículos inmovilizados por causas ajenas al tráfico y de los demás supuestos que no se consideran adelantamientos.

Como norma general se realizará por el lado izquierdo del vehículo al que se pretende adelantar.

La peligrosidad de esta maniobra vendrá dada por la vía en la que se realice y por si es necesario o no invadir la parte de la calzada reservada para el sentido contrario al llevar a cabo la maniobra.

En todos los casos el adelantamiento es una maniobra peligrosa y compleja ya que altera el orden normal de la circulación y se debe tener muy en cuenta tanto la señalización de la vía como las dimensiones del vehículo.

1. Realización del adelantamiento

1.1 Comportamiento del conductor que pretende adelantar antes del adelantamiento

Antes de realizar el adelantamiento el conductor que pretenda adelantar deberá mantener la separación y distancia adecuadas que le permitan ejecutar la maniobra con seguridad.

Es de vital importancia ya que si se inicia desde muy lejos el adelantamiento se extenderá durante mucho tiempo, y si se hace desde muy cerca se disminuye el campo de visión hacia delante.

Desplazamiento lateral para realizar un adelantamiento

Velocidad y capacidad de aceleración

También deberá tener en cuenta la velocidad tanto de su vehículo como del que pretende adelantar, asegurándose de que la potencia y velocidad de su vehículo permiten realizar la maniobra con seguridad y sin superar los límites aplicables.

Es necesario que el conductor elija la relación de marcha que le permita desarrollar el adelantamiento con rapidez y reducir la velocidad si por algún motivo tuviera que desistir de la maniobra.

Si la velocidad del vehículo que circula en sentido contrario no permite realizar el adelantamiento, el conductor que pretenda realizarlo deberá desistir de ello.

Tampoco estará permitido adelantar a un vehículo que ya circule a la velocidad máxima permitida para esa vía.

También respecto a la velocidad el conductor que pretenda adelantar deberá observar si para realizar la maniobra es necesario rebasar la velocidad máxima permitida para esa vía.

No podrá sobrepasar la velocidad máxima genérica en ningún tipo de vía —autopistas, autovías, carreteras convencionales, vías urbanas o travesías—. Los turismos y las motocicletas tampoco disponen de un margen adicional de 20 km/h para adelantar en carreteras convencionales.

Por su parte la velocidad máxima específica no podrá ser sobrepasada en ningún caso ni vía ni tan siquiera para adelantar.

También deberán respetarse las limitaciones específicas del conductor y del vehículo, incluidas las que correspondan por sus características, servicio o carga.

Lugares en los que está prohibido adelantar

Visibilidad, espacio y preferencia

El conductor que pretenda adelantar siempre deberá mirar hacia delante y comprobar que no existe una señal que prohíba adelantar, que el carril al que se quiere incorporar está libre y que existe visibilidad suficiente para llevar a cabo la maniobra.

Si el conductor que nos precede ya ha indicado su intención de desplazarse hacia el mismo lado que pretendemos utilizar para adelantar, se deberá respetar su preferencia y no iniciar la maniobra.

Si transcurre un tiempo prudencial y no realiza el desplazamiento, podrá iniciarse el adelantamiento cuando sea seguro, advirtiéndoselo previamente mediante una señal óptica o acústica conforme a las normas sobre su utilización.

Así mismo se deberá comprobar siempre que existe espacio suficiente para que si se diera alguna circunstancia fortuita que no nos permitiera realizar el adelantamiento pudiéramos volver a nuestra posición.

En ningún caso podremos adelantar a varios vehículos a la vez si no se tiene la certeza de que se podrá volver al lado derecho con seguridad tras realizar la maniobra.

Siempre que llevemos a cabo la maniobra de adelantamiento deberemos mirar hacia atrás por el retrovisor interior y exterior del lado hacia el que vayamos a desplazarnos, para comprobar que el vehículo que nos sigue no ha iniciado la maniobra de adelantamiento previamente y que el carril al que pretendemos desplazarnos no está ya ocupado por otro vehículo.

También debe comprobarse el ángulo muerto antes de cambiar de carril. Señalizar la maniobra no concede prioridad sobre los vehículos que ya circulan por el carril que se pretende ocupar.

1.2 Casos en que está prohibido adelantar

La prohibición de adelantar puede estar impuesta por señales verticales, marcas viales, semáforos cuadrados, señales de balizamiento o paneles de mensaje variable.

Las señales verticales que prohíben adelantar son las siguientes:

Señal R-305 de adelantamiento prohibido Señal R-306 de adelantamiento prohibido para camiones

  • Señal R-305. Adelantamiento prohibido: prohíbe a todos los vehículos adelantar a los vehículos a motor que circulen por la calzada cuando la maniobra implique invadir la zona reservada al sentido contrario. Si está colocada en un lugar donde el adelantamiento ya está prohibido por una norma, recuerda esa prohibición general. Se aplica hasta la señal de fin de prohibición de adelantamiento o de fin de prohibiciones.
  • Señal R-306. Adelantamiento prohibido para camiones: prohíbe a los camiones con MMA superior a 3.500 kg adelantar a los vehículos a motor que circulen por la calzada, incluso cuando no sea necesario invadir el sentido contrario. Finaliza en la señal correspondiente de fin de prohibición de adelantamiento o de fin de prohibiciones.

Marcas viales y carriles cerrados

La línea longitudinal continua impide el adelantamiento cuando para realizarlo sea necesario atravesarla, circular sobre ella o circular a su izquierda si separa los sentidos de circulación, salvo los supuestos excepcionales previstos reglamentariamente.

También impedirá iniciar el adelantamiento una línea longitudinal continua adosada a otra discontinua cuando la más próxima al conductor sea la continua y la maniobra exija atravesarla.

Si se inicia el adelantamiento desde el lado de la línea discontinua de esta marca doble que separa sentidos opuestos, puede atravesarse la continua para regresar al carril propio al terminar la maniobra o desistir de ella.

Los semáforos cuadrados para vehículos prohíben adelantar cuando se deba ocupar el carril sobre el que aparece una luz roja en forma de aspa por encontrarse cerrado u obstruido.

Por su parte los conos, banderitas u otros análogos, prohíben adelantar cuando sea necesario rebasar la línea que los une.

Los paneles de mensaje variable también pueden indicar eventualmente la prohibición de adelantar.

Prohibición de adelantamiento

En ocasiones la prohibición de adelantar se da por razones de visibilidad debido a que la misma es insuficiente en la parte delantera y no permite la maniobra.

Esta falta de visibilidad puede estar motivada por el trazado de la vía y la existencia de curvas, las condiciones meteorológicas o las condiciones de tráfico.

1.3 Lugares en que está prohibido adelantar por falta de visibilidad motivada por el trazado de la vía, condiciones meteorológicas o de tráfico

Curvas, cambios de rasante y visibilidad insuficiente

Está prohibido adelantar en las curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida, salvo cuando los sentidos estén claramente delimitados y la maniobra pueda hacerse sin invadir la zona reservada al sentido contrario.

Adelantamiento en una curva de visibilidad reducida

Sí que estará permitido adelantar cuando los dos sentidos de la circulación están bien delimitados y se pueda adelantar sin invadir la zona reservada para el sentido contrario.

Es habitual que estas curvas y cambios de rasante estén señalizados verticalmente con prohibiciones para adelantar pero si no lo estuvieran, no se adelantará cuando la visibilidad sea insuficiente.

Cuando la falta de visibilidad está motivada por condiciones meteorológicas adversas, estará prohibido adelantar en aquellas zonas afectadas por niebla, lluvia intensa o humo que dificulten la visibilidad de la vía y de los vehículos que circulan en sentido contrario.

También estará prohibido adelantar cuando el sol nos dé de frente y produzca deslumbramiento.

Por lo que se refiere a las condiciones de tráfico, no se deberá adelantar detrás de un vehículo que también se encuentre adelantando cuando sus dimensiones impidan la visibilidad suficiente de la vía.

Además, está prohibido adelantar a un vehículo que ya está adelantando a otro si, para hacerlo, es necesario invadir la parte de la calzada reservada a la circulación en sentido contrario.

Visibilidad al seguir a un vehículo que está adelantando

Pasos de peatones, pasos a nivel e intersecciones con vías ciclistas

Está prohibido adelantar en los pasos para peatones señalizados, en las intersecciones con vías para ciclistas y en los pasos a nivel, así como en sus proximidades.

La normativa vigente ha eliminado las antiguas excepciones específicas que permitían adelantar a vehículos de dos ruedas en pasos a nivel o adelantar a velocidad muy reducida en pasos de peatones. Debe respetarse la prohibición en estos lugares y sus proximidades.

Intersecciones y túneles

No se deberá adelantar en las intersecciones y en sus proximidades, salvo en los siguientes casos:

  • Cuando se trate de una glorieta.
  • Cuando el adelantamiento deba efectuarse por la derecha en alguno de los supuestos reglamentarios del artículo 82.2.
  • Cuando la calzada por la que se circula tenga prioridad en la intersección y exista una señal expresa que lo indique.
  • Cuando se adelante a vehículos de dos ruedas.

Estas excepciones deben aplicarse respetando las demás normas y únicamente cuando la maniobra pueda realizarse con seguridad.

Está prohibido adelantar en los túneles, pasos inferiores y tramos afectados por la señal S-5 de túnel cuando solo exista un carril para el sentido de circulación del vehículo que pretende adelantar. Si hay varios carriles para el mismo sentido, podrá adelantarse sin invadir el sentido contrario y respetando la señalización y las restantes normas.

Adelantamiento en túneles y pasos inferiores

Está totalmente prohibido adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a los ciclistas que circulen en sentido contrario, aunque lo hagan por el arcén. Tampoco se deberá adelantar a varios vehículos si no se tiene la certeza de poder regresar al lado derecho sin entorpecer el tráfico ni comprometer la seguridad del resto de usuarios.

Autopistas y autovías con nieve

Cuando la nieve en la calzada dificulte la circulación en una autopista o autovía, está prohibido adelantar. Debe circularse por el carril situado más a la derecha; en tramos con tres o más carriles por sentido también puede utilizarse el contiguo, dejando libres los restantes carriles de la izquierda para vehículos de emergencia y quitanieves.

1.4 Señalización de la maniobra para advertir al resto de usuarios

La advertencia al resto de usuarios de la vía de la intención de adelantar puede realizarse fuera de poblado mediante señales acústicas, sin utilizarlas de forma inmotivada, exagerada o estridente. En poblado no debe emplearse el claxon únicamente para anunciar un adelantamiento.

Mando del intermitente para señalizar el adelantamiento

También pueden efectuarse advertencias luminosas, tanto dentro como fuera de poblado, utilizando de forma intermitente el alumbrado de corto o de largo alcance, o ambos alternativamente, a intervalos muy cortos, evitando deslumbrar.

Para advertir el desplazamiento lateral hacia la izquierda utilizaremos la luz indicadora de dirección izquierda o el brazo izquierdo extendido en horizontal con la palma de la mano hacia abajo. Si el desplazamiento es hacia la derecha, debe señalizarse hacia ese lado.

La señal debe hacerse con antelación suficiente y mantenerse mientras se realiza el desplazamiento lateral. El intermitente se apaga cuando el vehículo adopta su nueva trayectoria; no debe mantenerse encendido durante todo el tiempo que se circula por el carril de adelantamiento.

1.5 Comportamiento del conductor del vehículo que adelanta durante el adelantamiento

Una vez realizado el desplazamiento lateral, el vehículo que adelanta deberá hacerlo por la izquierda, salvo en las excepciones permitidas, y con decisión y seguridad en su ejecución. Un turismo no puede utilizar el arcén para realizar un adelantamiento.

Es necesario circular a una velocidad notoriamente superior a la del vehículo al que se pretende adelantar, pero siempre sin superar los límites máximos establecidos y respetando las reducciones de velocidad exigidas para proteger a determinados usuarios.

Separación lateral y protección de usuarios vulnerables

Se debe mantener en todo momento una separación lateral suficiente con el usuario o vehículo al que se pretenda adelantar.

Cuando se adelante a peatones, animales, vehículos de tracción animal, ciclomotores, vehículos de movilidad personal, ciclistas o grupos de ciclistas, deben extremarse las precauciones y cumplirse estas reglas:

  • Guardar una separación lateral de al menos 1,5 metros, ocupando parte o la totalidad del carril contiguo o contrario.
  • Si la calzada tiene más de un carril por sentido, efectuar un cambio completo de carril.
  • No poner en peligro ni entorpecer a quienes circulen en sentido contrario, aunque lo hagan por el arcén.

Estas reglas de separación y cambio de carril se aplican tanto dentro como fuera de poblado.

Velocidad al adelantar a estos usuarios fuera de poblado: antes de iniciar la maniobra y durante toda su ejecución, debe circularse al menos 20 km/h por debajo del límite existente en la vía.

Por ejemplo, si el límite de la vía es de 90 km/h, el adelantamiento se realizará como máximo a 70 km/h, o a una velocidad inferior cuando lo exijan las circunstancias o las limitaciones del vehículo.

Los ciclistas que circulan en grupo se consideran una única unidad móvil. Debe preverse espacio suficiente para completar la maniobra sin cortar el grupo ni obligar a sus integrantes a modificar bruscamente su trayectoria o velocidad.

Ejecución segura de un adelantamiento

Cuando sea el conductor de un vehículo de dos ruedas el que pretenda adelantar fuera de poblado a otro vehículo, lo realizará dejando una separación lateral entre su vehículo y la parte más saliente de aquel de como mínimo 1,50 metros.

La separación lateral debe ser adecuada a la velocidad, a la anchura de la vía y a las características de los vehículos, respetando siempre las distancias mínimas exigibles. El adelantamiento debe ejecutarse de forma que el recorrido en paralelo dure lo mínimo posible, sin superar la velocidad permitida.

Separación lateral en adelantamientos a vehículos de dos ruedas

Alumbrado y desistimiento de la maniobra

El conductor que adelanta deberá tener en cuenta que, si es de noche, debe utilizar el alumbrado de cruce mientras exista posibilidad de deslumbrar al vehículo precedente o a otros usuarios. Podrá utilizar el alumbrado de carretera cuando desaparezca ese riesgo y las condiciones de la vía permitan su uso.

En caso de que se haga difícil la finalización de un adelantamiento una vez iniciado, se deberá desistir reduciendo la velocidad y regresando de nuevo a su carril advirtiéndolo con la luz indicadora de dirección derecha.

1.6 Comportamiento del conductor que adelanta una vez sobrepase el vehículo adelantado

Finalización de un adelantamiento y regreso al carril derecho

Una vez se sobrepase al vehículo adelantado deberemos regresar al carril derecho. Esto implica un desplazamiento lateral en que el conductor deberá cumplir la regla de seguridad:

  1. Comprobar a través del retrovisor interior o exterior derecho que puedo volver al lado derecho.
  2. Señalizar la maniobra con el indicador derecho o con el brazo.
  3. Ejecutar la maniobra regresando a la derecha.

En ningún caso se debe regresar al carril derecho sin habernos asegurado de que ello no comporta un riesgo para el vehículo adelantado.

El regreso se hará dejando entre nuestro vehículo y el adelantado la suficiente distancia de seguridad y de manera progresiva para no obligar a frenar al resto de vehículos.

1.7 Comportamiento del conductor del vehículo adelantado

El conductor del vehículo adelantado deberá facilitar el adelantamiento ciñéndose al borde derecho de la calzada, tan pronto advierta el propósito del otro de adelantarle. No debe invadir aceras ni utilizar el arcén fuera de los supuestos permitidos.

Cuando el vehículo vaya a ser adelantado por la derecha porque ha indicado que va a girar a la izquierda o parar en ese lado, su conductor deberá ceñirse a la izquierda todo lo posible, sin interferir en la marcha de quienes circulen en sentido contrario.

Adelantamiento a un camión en carretera

Si un vehículo pesado, de grandes dimensiones u obligado a respetar un límite específico de velocidad no puede ceñirse completamente al borde derecho, pero el adelantamiento puede realizarse con seguridad, su conductor deberá indicar esta posibilidad al que pretende adelantarlo.

Deberá realizar esta acción extendiendo el brazo horizontalmente y moviéndolo repetidas veces de atrás adelante, con el dorso de la mano hacia atrás, o utilizando el intermitente derecho cuando no considere conveniente hacer la señal con el brazo.

Esta indicación no exime al conductor que adelanta de comprobar por sí mismo que la maniobra está permitida y puede realizarse con seguridad.

Los conductores de estos vehículos deberán aminorar la marcha o apartarse cuanto antes al arcén, si resulta practicable, para facilitar el paso cuando la circulación en sentido contrario, la anchura, el perfil o el estado de la calzada no permitan adelantarlos con facilidad y sin peligro.

Durante el adelantamiento el conductor del vehículo adelantado deberá facilitar el adelantamiento no aumentando la velocidad e incluso disminuyéndola cuando se produzca una situación de peligro para algún usuario de la vía.

Comportamiento del conductor del vehículo adelantado

Cuando el conductor que adelanta dé muestras inequívocas de desistir de la maniobra reduciendo su velocidad, el conductor del vehículo adelantado no estará obligado a disminuir la suya si hacerlo pusiera en peligro la circulación. En todo caso, deberá facilitar la vuelta del otro vehículo a su carril, sin efectuar maniobras que dificulten su regreso.

Durante la noche, el conductor del vehículo adelantado podrá mantener el alumbrado de carretera mientras su utilización esté permitida y no exista peligro de deslumbramiento. Deberá sustituirlo por el de cruce en cuanto pueda deslumbrar al vehículo que le está adelantando o a cualquier otro usuario.

1.8 Comportamiento del conductor del vehículo que circula en sentido contrario

Adelantamiento y vehículo que circula en sentido contrario

El conductor que circula en sentido contrario deberá circular por su carril sin invadir el sentido contrario y cooperar para evitar una situación de peligro. No debe aumentar la velocidad y, si resulta necesario, debe reducirla o detenerse con seguridad para evitar un accidente.

2. Otros adelantamientos

Los siguientes apartados recogen otros adelantamientos objeto de examen, según el número de carriles de la vía y las situaciones en las que se realiza la maniobra.

2.1 Adelantamiento en vías de tres carriles

Es el tipo de adelantamiento que se da en calzadas de doble sentido con tres carriles separados por marcas longitudinales discontinuas: uno para cada sentido y un carril central que se utiliza para los adelantamientos precisos o para girar a la izquierda.

Se circulará normalmente por el carril derecho y nunca por el situado más a la izquierda. El carril central no debe utilizarse como carril de circulación habitual.

Se deben extremar las precauciones al realizar la maniobra cuando se invade la parte izquierda de la calzada comprobando si los vehículos que circulan en sentido contrario han ocupado el carril central para adelantar.

2.2 Adelantamiento en vías fuera de poblado de dos o más carriles para cada sentido

En este tipo de adelantamiento no se invade el sentido contrario y no siempre es necesario realizar un desplazamiento lateral, si el vehículo ya se encuentra correctamente situado en un carril desde el que puede adelantar.

Como norma general, fuera de poblado se circulará por el carril situado más a la derecha, pero pueden utilizarse los demás carriles del mismo sentido cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen, sin entorpecer a los vehículos que circulen detrás.

En calzadas con tres o más carriles para el mismo sentido, los camiones y furgones de más de 3.500 kg de MMA, los vehículos especiales que no estén obligados a circular por el arcén y los conjuntos de vehículos de más de siete metros de longitud solo pueden utilizar el carril derecho y el inmediato.

Si se va a realizar otro adelantamiento, podrá permanecerse en el carril utilizado para el anterior cuando no se moleste indebidamente a quienes circulen detrás más deprisa. Al terminar, debe regresarse al carril derecho tan pronto como sea posible y seguro.

2.3 Adelantamiento por la derecha

Adelantamiento por la derecha en los supuestos permitidos

Excepcionalmente el adelantamiento se realizará por la derecha en vez de por la izquierda, si existe espacio y en situaciones concretas:

  • Cuando el conductor del vehículo al que se pretende adelantar indique claramente su intención de girar a la izquierda o de parar en ese lado.
  • Cuando sean vías con tráfico en ambos sentidos de circulación y una vía central de tranvía, se adelantará a este por la derecha.
  • Dentro de poblado, en calzadas con al menos dos carriles para el mismo sentido de marcha, delimitados por marcas longitudinales, siempre que pueda hacerse sin peligro para los demás usuarios.

2.4 Supuestos excepcionales en tramos con prohibición de adelantamiento

En los supuestos del artículo 88 del Reglamento General de Circulación, puede adelantarse, aunque sea necesario ocupar el sentido contrario, a bicicletas y demás ciclos, ciclomotores, vehículos de movilidad personal, peatones, animales, vehículos de tracción animal y vehículos especiales agrícolas y sus conjuntos, cuando por su velocidad puedan ser adelantados sin riesgo.

Antes de hacerlo hay que comprobar que existe visibilidad y espacio suficientes y que no se pone en peligro a ningún usuario. Deben respetarse la separación lateral y las condiciones de velocidad que correspondan. Si no puede hacerse con seguridad, se debe esperar.

3. Maniobras que no se consideran adelantamientos

3.1 Rebasamiento de vehículos inmovilizados y obstáculos

No se considera adelantamiento rebasar un vehículo inmovilizado por una parada, un estacionamiento u otra causa ajena a las necesidades del tráfico.

Tampoco cuando se rebase a un vehículo inmovilizado por causas ajenas al tráfico como pueden ser un accidente o avería.

Adelantamiento y rebasamiento de vehículos inmovilizados

Si esta inmovilización obliga a invadir el sentido contrario en un tramo donde esté prohibido adelantar, podrá rebasarse el vehículo después de comprobar que la maniobra puede realizarse sin peligro, siempre que la inmovilización no venga impuesta por necesidades del tráfico.

Esta excepción no permite invadir el sentido contrario para sobrepasar a vehículos detenidos en un semáforo, ante una señal de stop o en una retención.

Si existe un obstáculo que obliga a ocupar el sentido contrario, también debe comprobarse previamente que se puede rebasar sin peligro, tanto si el adelantamiento está permitido en ese tramo como si está prohibido.

Separación y velocidad al pasar junto a vehículos inmovilizados

Cuando un vehículo esté inmovilizado por avería, accidente, un servicio de urgencia o auxilio, trabajos de mantenimiento de la vía o funciones de regulación y gestión del tráfico, y ocupe total o parcialmente la calzada del sentido de la marcha, quienes lo rebasen deben:

  • Mantener una separación de al menos 1,5 metros, aunque para ello sea necesario ocupar el sentido contrario.
  • Reducir la velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite existente en la vía.
  • Comprobar que el desplazamiento puede realizarse sin peligro y respetar las indicaciones de los agentes y la señalización existente.

Esta protección se aplica tanto dentro como fuera de poblado. Si no existe espacio o visibilidad suficientes, deberá esperarse hasta poder pasar con seguridad.

3.2 Circulación densa en varios carriles

Cuando la densidad del tráfico hace que los vehículos ocupen toda la anchura de la calzada y solo puedan avanzar a la velocidad del vehículo que les precede en su carril, no se considera adelantamiento que un carril avance más rápido que otro.

En esta situación no se debe cambiar de carril para adelantar. Solo podrá cambiarse para preparar un giro, salir de la calzada o tomar una dirección determinada.

3.3 Carriles de aceleración, deceleración y reservados

Tampoco se considera adelantamiento que se avance más rápidamente por un carril de aceleración, de deceleración o reservado a determinados vehículos que por los carriles normales, o viceversa.

Deben respetarse las condiciones de utilización de cada carril y las normas de incorporación y salida de la vía.

3.4 Ciclistas que circulan en grupo

No se consideran adelantamientos los producidos entre ciclistas que circulan en grupo.

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