Si quieres conducir una bicicleta, ya sea por vías urbanas o interurbanas, a continuación te explicamos cuál es la normativa aplicable a todos los ciclos y que incluye llevar una serie de accesorios de forma obligatoria.
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La normativa de tráfico actual recoge que no es necesario contar con un permiso de conducir específico para manejar una bicicleta en vías tanto fuera como dentro de poblado. Tampoco será obligatorio contratar un seguro de responsabilidad civil ni matricular la bicicleta.
El artículo 47 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre establece la obligatoriedad de usar el casco de seguridad al conducir una bicicleta. Así pues su uso será obligatorio para todo tipo de conductores en vías interurbanas y en el caso de los menores de 16 años tanto en vías urbanas como interurbanas.
Existen tres excepciones al uso obligatorio del casco en vías urbanas e interurbanas recogidas en el artículo 118 del Real Decreto 1428/2003, de 21 de Noviembre:
Cuando circulemos en bicicleta será obligatorio el uso del chaleco reflectante cuando por el tipo de vía que circulemos o la iluminación de la misma sea también obligatorio el uso de alumbrado. Dicha prenda reflectante tiene que permitir que el resto de usuarios de la vía nos puedan ver desde una distancia de al menos 150 metros.
El Reglamento de Circulación indica que, además del chaleco reflectante, cuando el ciclista circule de noche, por tramos de vías señalizados con la señal de «túnel» o cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad será obligatorio el uso del siguiente alumbrado en la bicicleta:
Estas disposiciones vendrán recogidas en el artículo 98.1 apartado 3 del Reglamento de Circulación que además añade que dichos dispositivos deberán estar siempre homologados.
El timbre será otro de los elementos con los que una bicicleta deberá circular de forma obligatoria y su finalidad será la de advertir al resto de usuarios de nuestra presencia especialmente ante la posibilidad inminente de un accidente.
El uso del timbre estará regulado en el artículo 22 del Reglamento General de vehículos que indica que sólo podrá utilizarse este aparato acústico y no otro para realizar señales acústica al resto de usuarios. La multa por no llevar timbre en nuestra bicicleta será de 200 euros.
Como ya hemos dicho en el anterior apartado el chaleco reflectante únicamente será obligatorio cuando se circule de noche o en tramos de vías de muy poca visibilidad. Así pues en el resto de casos será opcional pero muy recomendable, así como los brazaletes y tobilleras reflectantes.
Se trata de un elemento que protege la cadena de la bicicleta del desgaste y la corrosión al formar una película entre la misma y los agentes externos además de proteger nuestra ropa de las manchas y ser menor el mantenimiento de la cadena.
Este accesorio evita las salpicaduras de barro en la parte trasera y delantera de la bicicleta manteniendo limpios la tija y el puente que une la horquilla evitando que se acumule el barro.
Es altamente recomendable contar con un candado antirrobo robusto o un cable de acero para proteger a nuestra bicicleta de eventuales hurtos especialmente en ciudad o en zonas de muy alta afluencia.
A la hora de adquirir uno deberemos tener en cuenta el nivel de seguridad que ofrece así como su ligereza o si se trata de un accesorio práctico y ergonómico a la hora de transportarlo.
También denominado portabultos o transportín, el portaequipajes de una bicicleta puede ser situado en la parte delantera o trasera de la bicicleta, en los laterales a través de alforjas, o para el transporte de niños mediante una sillita especialmente creada para este uso.
Se deberá tener en cuenta el peso que es capaz de aguantar, si es adecuado o no para viajes largos así como su colocación por ejemplo para ser útil en bicicletas de doble suspensión.
Además de los nombrados, y referente a la vestimenta del ciclista, es recomendable el uso de prendas de vestir de colores llamativos, transpirables e impermeables además del uso de un cortavientos para reducir el efecto del viento.
A continuación os dejamos una infografía con los accesorios obligatorios y no obligatorios de la bicicleta:
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